Acuerdo Ejecutivo No. 0498

EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 245 numeral 11 de la Constitución de la República, corresponde al Presidente de la República, la Administración General del Estado, siendo entre otras sus atribuciones la de emitir Acuerdos y Decretos y expedir Reglamentos y Resoluciones, conforme a la ley.

CONSIDERANDO: Que el Artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública, establece que “El Presidente de la República, tiene a su cargo la Suprema Dirección y Coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada...”.

CONSIDERANDO: Que el Artículo 29 numeral 13 de la Ley General de la Administración Pública, establece que “La Secretaría de Estado en los Despachos de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y Empresas Públicas ahora Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), tiene competencias fundamentales, en lo concerniente a la Formulación, Coordinación, Ejecución y Evaluación de las Políticas relacionadas con la Vivienda, las Obras de Infraestructura Pública, el Sistema Vial, Urbanístico y del Transporte, los asuntos concernientes a las empresas públicas, así como el régimen concesionario de obras públicas”.

CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº0004 de fecha diecinueve (19) de enero del dos mil dieciséis (2016), se Aprobó el Reglamento para la Emisión de Refinanciamiento o Apertura de la Emisión de Refinanciamiento de Bonos Conversión de Pasivos 2016 (RBCP-2016), dicha emisión de Bonos fue hasta por un monto de Cien Millones de Dólares Estadounidenses (US$ 100,000,000.00) al tipo de cambio de referencia vigente en la fecha de emisión de los valores, mismos que se representan por medio de anotación en cuenta en el registro del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR