Acuerdo Ejecutivo número 037-2020

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La Gaceta
A.
Sección A Acuerdos y Leyes
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 29 DE AGOSTO DEL 2020 No. 35,357
Poder Ejecutivo
ACUERDO EJECUTIVO NÚMERO 037-2020
EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA,
CONSIDERANDO: Que el Presidente de la República, tiene
a su cargo la administración general del Estado y por ende, la
suprema dirección y coordinación de la Administración Pública
Centralizada y Descentralizada.
CONSIDERANDO: Que es obligación del Gobierno de la
República, promover una san a administración de personal en el
servicio público, con base en un sistema de mérito, desempeño
y el establecimiento de una política salarial acorde con
el grado de responsabilidad de cada puesto y la capacidad
nanciera del Estado.
CONSIDERANDO: Que es necesario adoptar medidas de
compensación salarial con un enfoque de equidad social
a los empleados que laboran bajo el régimen de Servicio
Civil, así como el personal que labora bajo la modalidad de
jornal para estimular la dedicación de los servidores públicos,
a través del establecimiento de salarios justos y equitativos
que permitan su crecimiento, el desarrollo de una carrera
profesional y una compensación acorde al costo de vida actual,
tomando en cuenta las posibilidades nancieras del Estado, las
medidas de contención del gasto público para el control de
décit scal, entre otros factores claves para mantener las
nanzas públicas sanas.
CONSIDERANDO: Que el concepto de trabajo decente en el
servicio público, trae consigo la promoción y conservación
de empleos con estabilidad, protección social y salario
justo, en equidad y sostenible del país y a la vez permitan al
servidor sufragar sus necesidades normales y las de su familia
en el orden material, moral y cultural.
CONSIDERANDO: Que de acuerdo al análisis efectuado, se
conrmó la necesidad imperativa de efectuar un ajuste salarial
a efecto de satisfacer las necesidades básicas de los empleados
públicos y consecuentemente ser congruente con la política
social y salarial del Gobierno.
CONSIDERANDO: Que según Acuerdo Ejecutivo No. 023-
2018, publicado en el Diario Ocial “La Gaceta” el 16 de abril
del año 2018, el Presidente de la República delegó la facultad
de firmar Decretos Ejecutivos en la ciudadana Martha
Vicenta Doblado Andara, como Secretaria Coordinadora
General de Gobierno, por Ley.
POR TANTO: En el ejercicio de sus atribuciones y en
la aplicación de los Artículos: 128 numeral 3, 235 y 245
párrafo primero, numerales 11 y 19 y 248 de la Constitución
de la República; 11, 29, 116 y 117 de la Ley General de la
Administración Pública.
ACUERDA:
PRIMERO: Aprobar Aplicar un incremento salarial de
Un Mil Cien Lempiras (L. 1,100.00) a partir del mes de
septiembre del año dos mil veinte (2020) y Novecientos
Lempiras (L. 900.00) a partir del mes de julio del año
dos mil veintiuno (2021), a los empleados públicos de la
Administración Central sujetos al Régimen del Servicio
Civil incluidos los contratados bajo la modalidad de
jornal con excepción de aquellos empleados de la
Administración Pública que laboren bajo la modalidad
de jornal que hayan sido contratados durante el Ejercicio
Fiscal 2020 y los que ejerzan una función diferente a la
de un jornalero.
Los ajustes salariales descritos en el párrafo precedente, se
aplicará a los funcionarios y empleados que ocupen puestos
excluidos de las Secretarías de Estado, exceptuándose:
a) Los servidores públicos que hayan sido nombrados
durante el ejercicio scal 2020, salvo aquéllos que, de
conformidad con la Ley, tengan un reconocimiento en su
antigüedad laboral por haber laborado con anterioridad
bajo otra modalidad,

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