Acuerdo Ejecutivo número 297-2018

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

CONSIDERANDO: Que el Decreto Legislativo Número 141- 2017, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 19 de enero de 2018, ejemplar número 34,546, contentivo de las disposiciones del “Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2018”, en su Artículo 183 establece que los “Gastos de Representación dentro y fuera del país, son los montos que se determinan por gastos no liquidables, inherentes al ejercicio de sus funciones, los mismos son otorgados a los funcionarios acorde al cargo y sus responsabilidades. Estos gastos son distintos a los que se refiere el Reglamento de Viáticos y Otros Gastos de Viaje para Funcionarios y Empleados del Poder Ejecutivo”.

CONSIDERANDO: Que los gastos de representación se pueden otorgar al Presidente de la República; Secretarios de Estado, Subsecretarios de Estado y Titulares de las Instituciones Descentralizadas y Órganos Desconcentrados y para otros funcionarios del Poder Ejecutivo serán autorizados por el Presidente de la República siempre y cuando devenguen un salario menor al de un Subsecretario de Estado.

CONSIDERANDO: Que según Acuerdo Ejecutivo Número 023-2018 de fecha 16 de abril de 2018, el Presidente de la República, ciudadano JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO, delegó la facultad de firmar los Acuerdos de Gastos de Representación de Funcionarios, en la Subsecretaria de Estado de Coordinación General de Gobierno, MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA.

POR TANTO:

En aplicación de lo establecido en los Artículos 245 numeral 11 de la Constitución de la República; Artículo 113 reformado mediante Decreto Legislativo Número 266-2013, 115 de la Ley General de la Administración Pública; Artículos 183 de las Disposiciones del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la...

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