Acuerdo No. 106-2022

Fecha de publicación30 Abril 2022
SecciónA
12
La Gaceta
A.
Sección A Acuerdos y Leyes
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 30 DE ABRIL DEL 2022 No. 35,911
Secretaría de Estado
en los Despachos de
Agricultura y Ganadería
ACUERDO No. SAG. 106-2022
Tegucigalpa, M.D.C., 08 de marzo del año 2022
LA SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE AGRICULTURA Y GANADERIA
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 8,
numerales 1 y 2 de la Convención de las Naciones Unidas
contra la Corrupción, aprobada mediante Decreto Legislativo
No. 9-2005 del 3 de marzo del 2005, el Gobierno de Honduras
está obligado a aprobar códigos de conducta para el correcto,
honorable y debido cumplimiento de las funciones públicas.
CONSIDERANDO: Que la Ley Orgánica del Tribunal
Superior de Cuentas en su Artículo 53estipula que el Control
de Probidad y Ética Públicas tiene por objeto establecer
las condiciones para asegurar el ejercicio correcto de las
actuaciones de los servidores públicos y de aquellas personas
vinculadas con actividades financieras y económico-
patrimonialesrelacionadas con el Estado, a n de que dichas
actuaciones estén enmarcadas en principios de legalidad
y valores éticos de integridad, imparcialidad, probidad,
transparencia, responsabilidad y de eciencia que aseguran
un adecuado servicio de colectividad, así como salvaguardar
el patrimonio del Estado, previniendo, investigando y
sancionando a los servidores públicos que se valgan de sus
cargos, empleos o inuencias para enriquecerse ilícitamente
o cometer otros actos de corrupción.
CONSIDERANDO: Que el Tribunal Superior de Cuentas
como órgano facultado para dictar disposiciones reglamentarias
del Código de Conducta Ética del Servidor Público, emitió
en agosto del 2015 su Reglamento como instrumento legal
que contempla las normas de conducta ética de los servidores
públicos y que brinda los mecanismos para hacer viables y
efectivas dichas normas.
CONSIDERANDO: Que el artículo 4 del Código de
Conducta Ética del Servidor Público establece que, “además
de estas normas de carácter general, cada institución sujeta a
este Código puede emitir normas especícas de conducta ética.
En caso de discrepancia entre las normas generales de este
Código y las normas especícas emitidas por una institución
sujeta a este Código, prevalecerá siempre lo dispuesto en el
presente Código”.
CONSIDERANDO: Que atendiendo solicitud del Tribunal
Superior de Cuentas y en aplicación del Código de Conducta
Ética del Servidor Público aprobado según Decreto No. 36-
2007 del 24 de Octubre de 2007; la Secretaría de Agricultura
y Ganadería procede a la APROBACION DEL CODIGO
DE CONDUCTA ETICA DE LOS FUNCIONARIOS(AS)
Y EMPLEADOS(AS) DE ESTA SECRETARIA DE
ESTADO, mismo que establece el conjunto de deberes,
prohibiciones e incompatibilidades aplicables sin excepción
para todos sus servidores públicos.
POR TANTO:
En uso de sus facultades y en aplicación de los artículos 248
y 255 de la Constitución de la República; 5, 7, 36 numeral 8),
116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración
Pública; 3, 16 y 27, del Reglamento de Organización
Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo; 24, 25,
26, y 27, de la Ley de Procedimiento Administrativo y otras
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La Gaceta
A.
Sección A Acuerdos y Leyes
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 30 DE ABRIL DEL 2022 No. 35,911
leyes conexas; Decreto Legislativo No. 9-2005 del 3 de marzo
del 2005 y Decreto No. 36-2007 del 24 de Octubre de 2007.
ACUERDA:
PRIMERO: Aprobar el CODIGO DE CONDUCTA ETICA
DE LOS FUNCIONARIOS(AS) Y EMPLEADOS(AS) de
la Secretaría de Agricultura y Ganadería, que literalmente dice:
El presente Código constituye una herramienta fundamental
para el establecimiento de una cultura ética institucional,
útil para la prevención y combate a la corrupción, fomentar
la transparencia y rendición de cuentas dentro de la SAG;
así mismo, busca contribuir al desarrollo de las actividades
institucionales bajo un esquema basado en la integridad,
honestidad, la ética, el profesionalismo y conabilidad por
parte de sus empleados.
El Código de Conducta Ética de la SAG, establece el conjunto
de deberes, prohibiciones e incompatibilidades, aplicables,
sin excepción para todos sus servidores públicos, con la
nalidad de desempeñar con eciencia y ecacia el trabajo
encomendado, realizarlo con honestidad, apego a la legalidad,
vocación de servicio, respeto, equidad, amabilidad, inclusión,
tolerancia y no discriminación, tanto en el ambiente laboral,
con nuestros participantes y con la ciudadanía en general.
Bajo este contexto, es importante cumplir las normas
contenidas en el Código de Conducta Ética del Servidor
Público, ya que quienes laboramos en esta Institución,
compartimos la responsabilidad y privilegio de ser servidores
públicos, con el compromiso de mostrar una imagen proba
y conducta ética en nuestro desempeño y accionar, a n
de alcanzar altos estándares de conanza que contribuyan
al cumplimiento de los objetivos institucionales derivados
de la misión y visión, fundamentados en el Reglamento de
organización Interna de la SAG.
Le invitamos a que conozca, a que viva y haga suyos los
principios y valores que se plasman en este Código.
II. MISIÓN, VISIÓN Y VALORES INSTITUCIONALES
MISIÓN:
Somos un Comité que resalta y fortalece los valores éticos
y morales a los servidores públicos de la Secretaría de
Agricultura y Ganadería, fomentando e impulsando una
cultura de transparencia y de combate a la corrupción, dando
un servicio con calidad, honestidad y transparencia en los
servicios brindados, apegados al Código de Conducta Ética
del servidor público y su Reglamento.
VISIÓN:
Ser un Comité de Probidad y Ética fortalecido y reconocido
por su liderazgo, principios éticos y gestión brindada, tanto
dentro como fuera de la Institución, logrando así elevar el
nombre de la SAG a nivel de las Secretarías de Estado e
Instituciones Gubernamentales, con una mayor ética pública
y transparencia en el quehacer de la Institución.
VALORES ÉTICOS INSTITUCIONALES:
Los principios que inspiran y orientan la conducta de los
funcionarios(as) y empleados(as) dentro de la Institución, se
sintetizan en cuatro valores éticos Institucionales, los mismos
tienen carácter de acuerdo al comportamiento.
TRANSPARENCIA:Todo Servidor(a) Público y
Funcionario(a) Público de la SAG en cumplimiento a la

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