Acuerdo No. STSS-119-2017

CONSIDERANDO: Que esta Secretaría de Estado en consonancia con lo establecido por el Gobierno de la República, tiene como prioridad establecer las bases para simplificar y racionalizar los procedimientos administrativos a fin de garantizar que los mismos se realicen con apego a las normas de economía, celeridad, eficacia y espíritu de servicio, logrando la pronta y efectiva satisfacción de los interesados

CONSIDERANDO: Que es impostergable y apremiante la necesidad de fortalecer y modernizar el esquema estructural de la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social simplificando y readecuando los trámites a los que se deben sujetar los particulares para obtener una respuesta a sus peticiones.

POR TANTO: En uso de las facultades de que está investido y en la aplicación de los Artículos 5, 36 numeral 6 y 8; 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública; 64 numeral 1 y 66 numeral 2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo, así como los artículos 5, 6, 7, 9, 25, 35, 38 y 103 de la Ley de Inspección del Trabajo.

ACUERDA:

PRIMERO: Definir la Estructura Organizativa y Funcional de la Dirección General de Inspección del Trabajo de la forma siguiente:

Dirección General de Inspección de Trabajo: Órgano responsable de la dirección técnica y administrativa, para la ejecución de programas y proyectos específicos de su área y para los aspectos de la aplicación de la ley, conforme a lo establecido en el Capítulo II.

Subdirección General de Inspección de Trabajo: Órgano de apoyo a la Dirección, su titular sustituirá al Director General en su ausencia y cumplirá los deberes y responsabilidades que este le asigne.

Secretaría Administrativa: Órgano oficial de comunicación de carácter legal de la Dirección, su titular es responsable de ratificar los autos y resoluciones dictadas por el Director General de Inspección de Trabajo, extender a solicitud de parte interesada, certificaciones de los expedientes tramitados, notificar providencias autos y resoluciones, así como brindar información sobre contenidos legales y consultas recibidas.

Asistentes: Personal de la Dirección General de Inspección de Trabajo asignado para planificar, coordinar, dirigir, ejecutar, dar seguimiento y promover las actividades de áreas específicas de la Dirección.

Unidad de Mecanismos de Promoción de Cumplimiento:

Instancia responsable de realizar acciones dirigidas a certificar el cumplimiento de la normativa laboral, a través...

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