Acuerdos Ejecutivos números 255-2020, 261-2020, 265-2020

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La Gaceta
A.
Sección A Acuerdos y Leyes
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 10 DE AGOSTO DEL 2020 No. 35,339
Secretaría de Finanzas
ACUERDO EJECUTIVO NÚMERO 255-2020
Tegucigalpa, municipio del Distrito Central,
16 de junio de 2020
EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL
DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO: Que el Presidente de la República
tiene dentro de sus facultades
constitucionales emitir, entre otro
tipo de actos administrativos,
acuerdos y decretos conforme a los
Artículos 116 y 118 de la Ley General
de la Administración Pública.
CONSIDERANDO: Que en fecha 10 de febrero de
2020 el Gobierno de la República
de Honduras mediante Decreto
Ejecutivo No.PCM-005-2020,
publicado en el Diario Ocial La
Gaceta el 10 de febrero de 2020,
reformado mediante Decreto
Ejecutivo No.PCM-023-2020,
publicado en el Diario Ocial La
Gaceta el 21 de marzo de 2020,
declaró Estado de Emergencia
Humanitaria y Sanitaria en todo el
territorio nacional. La Declaratoria
de Emergencia a que se reere este
Decreto Ejecutivo tendrá vigencia
hasta el 31 de diciembre del año 2020,
misma que podrá ser prorrogada.
CONSIDERANDO: Que mediante Decreto No.33-2020 de
fecha 2 de abril de 2020, publicado
en el Diario Ocial La Gaceta el 3
de abril de 2020, se aprobó la Ley
de Auxilio al Sector Productivo y
a los Trabajadores ante los Efectos
de la Pandemia Provocada por el
COVID-19.
CONSIDERANDO: Que el Gobierno de la República de
Honduras, a través de la Secretaría
de Estado en el Despacho de
Finanzas, ha convenido suscribir un
Contrato de Préstamo con el Banco
Interamericano de Desarrollo
(BID) para la ejecución del
"Programa de Emergencia para la
Sostenibilidad Macroeconómica y
Fiscal".
CONSIDERANDO: Que el programa tiene como objetivo
apoyar en la preservación de la
estabilidad macroeconómica por
medio del apoyo a las políticas que el
Prestatario está implementando para
enfrentar la pandemia del COVID
19.
POR TANTO:
En uso de las facultades de que está investido y en aplicación
de los Artículos 245 numeral 11, 247, 248, 255 de la
Constitución de la República, 33, 36 numerales 1 y 2, 116 y
118 de la Ley General de la Administración Pública.
ACUERDA
ARTÍCULO 1: Autorizar a la Licenciada ROCÍO
IZABEL TÁBORA MORALES, en
su condición de Secretaria de Estado
en el Despacho de Finanzas y/o a
la Licenciada LILIAM ODALIS
RIVERA OCHOA, en su condición
de Subsecretaria de Crédito e Inversión
Pública, para que en nombre y
representación del Gobierno de la

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