Acuerdos Ministeriales números

7
La Gaceta
A.
Sección A Acuerdos y Leyes
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 28 DE AGOSTO DEL 2020 No. 35,356
Secretaría de Desarrollo
Económico
ACUERDO MINISTERIAL No. 157-2020
SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
DESARROLLO ECONÓMICO
CONSIDERANDO: Que es competencia de la Secretaría
de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, la
formulación y ejecución de políticas relacionadas con los
mecanismos internos de comercialización de bienes y servicios
y asegurar condiciones adecuadas de abastecimiento, en
coordinación con los demás organismos gubernamentales
que correspondan.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Acuerdo
Ministerial No.009-2015 de fecha 21 de enero de 2015 y
042-2016 del 21 de junio del 2016, la importación de cebolla
bajo los incisos arancelarios 0703.10.11.00; 0703.10.12.00; y
0703.10.13.00 del Arancel Centroamericano de Importación
(ACI) requiere la emisión de una licencia de importación
emitida por esta Secretaría de Estado, siendo uno de los
requisitos para la emisión de dichas licencias automáticas.
CONSIDERANDO: Que para abastecer el mercado
nacional es necesario complementar la oferta de cebolla con
importaciones a efecto de evitar desabastecimiento y alza
injusticada de los precios a los consumidores y que por tal
razón y en el ejercicio de sus atribuciones y competencias la
Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico
es la llamada a adoptar las medidas que aseguren el adecuado
abastecimiento de productos de consumo esencial de la
población.
CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo No. SAG-
088-2020 de fecha 17 de agosto de 2020 la Secretaría de
Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería, en
el marco del Acuerdo 009-2015 reformado por el Acuerdo
Ministerial 042-2016, recomendó a la Secretaría de Desarrollo
Económico habilitar las licencias de importación de cebolla,
exclusivamente para el mes de septiembre del presente
año; clasicadas en los códigos arancelarios 0703.10.11.00;
0703.10.12.00; y 0703.10.13.00 del Arancel Centroamericano
de Importación (ACI).
CONSIDERANDO: Que, entre las atribuciones de la
Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo
Económico, gura la administración del régimen de comercio
exterior de Honduras.
POR TANTO:
En aplicación de los artículos 255 de la Constitución de la
República; 36 Numeral 8), 116, 118,119 Numeral 3), y 122
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia
del Poder Ejecutivo, Acuerdo Ministerial 009-2015 modicado
por el Acuerdo Ministerial 042-2016, Acuerdo No. SAG-088-
2020 de fecha 17 de agosto de 2020.
ACUERDA:
PRIMERO: Habilitar la emisión de licencias automáticas,
para la importación de cebolla bajo los incisos arancelarios
0703.10.11.00; 0703.10.12.00; y 0703.10.13.00 del Arancel
Centroamericano de Importación (ACI) para el mes de
Septiembre 2020, cuya vigencia será a partir de la fecha de
emisión de la licencia hasta el 30 de septiembre del 2020,
para las personas naturales y/o jurídicas infra mencionadas
de conformidad a lo indicado por la Secretaría de Estado en
el Despacho de Agricultura y Ganadería (SAG) mediante
Acuerdo No. SAG-088-2020 del 17 de agosto de 2020.

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