Circular CNBS N° CNBS No.010/2022, de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, 2022

Año2022
Número de circularCNBS No.010/2022
Fecha03 Mayo 2022
CIRCULAR CNBS No.010
Página No.1
Tegucigalpa, MDC
3 de mayo de 2022
INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO
SOCIEDADES EMISORAS DE TARJETAS DE CRÉDITO
ORGANIZACIONES PRIVADAS DE DESARROLLO FINANCIERAS
Toda la República
CIRCULAR CNBS No.010/2022
Señores:
El infrascrito Secretario General a.i. de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros CERTIFICA la
parte conducente del Acta de la Sesión Extraordinaria No.1642 celebrada en Tegucigalpa, Municipio
del Distrito Central el tres de mayo de dos mil veintidós, con la asistencia de los Comisionados
MARCIO GIOVANNY SIERRA DISCUA, Presidente; ALBA LUZ VALLADARES OCONNOR,
Comisionada Propietaria; ESDRAS JOSIEL SÁNCHEZ BARAHONA, Comisionado Propietario;
JOSÉ ANTONIO PINEDA R., Secretario General a.i.; que dice: “
1. Asuntos de la Gerencia de Regulación, Investigación y Desarrollo: literal a)
RESOLUCIÓN GRD No.255/03-05-2022.- La Comisión Nacional de Bancos y Seguros,
CONSIDERANDO (1): Que el Artículo 13, numerales 1), 2) y 15) de la Ley de la Comisión Nacional
de Bancos y Seguros, establecen que corresponde a este Ente Supervisor, dictar las normas que se
requieran para la revisión, verificación, control, vigilancia y fiscalización de las instituciones
supervisadas, lo mismo que las normas prudenciales que deberán cumplir, para lo cual se basará
en la legislación vigente y en los acuerdos y prácticas internacionales. Asimismo, el numeral 11) del
mismo Artículo establece que es atribución de la Comisión, dictar las normas generales para que
las instituciones supervisadas proporcionen al público información suficiente, veraz y oportuna
sobre su situación jurídica, económica y financiera.
CONSIDERANDO (2): Que el Artículo 13, numeral 15) de la Ley de la Comisión Nacional de
Bancos y Seguros señala que corresponde a este Ente Supervisor resolver, de conformidad con la
Ley, las solicitudes y recursos que formulen o interpongan las instituciones supervisadas.
CONSIDERANDO (3): Que la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, mediante Resolución GRD
No.249/21-04-2022, emitida el 21 de abril de 2022, resolvió modificar el nombre del Artículo 8 y
redacción de su numeral 5), así como el artículo 22 de las “Normas Complementarias para el
Fortalecimiento de la Transparencia, la Cultura Financiera y Atención al Usuario Financiero”,
relacionados a la difusión de las Comisiones y Otros Cargos, y Prácticas Abusivas,
respectivamente. Estableciéndose en el resolutivo 6, que su vigencia es a partir de su publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.
CONSIDERANDO (4): Que la Asociación Hondureña de Instituciones Bancarias (AHIBA), mediante
nota del 27 de abril de 2022, solicita una ampliación al plazo de aplicación de la Resolución GRD
No.249/21-04-2022 referida en el Considerando precedente, indicando que sus bancos asociados
se encuentran trabajando para dar cumplimiento a los cambios aprobados en dicha Resolución, sin

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