Circular CNBS N° 013/2021, de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, 2021

Fecha de presentación21 Junio 2021
Fecha21 Junio 2021
Año2021
Número de circular013/2021
Comisión Nacional de Bancos y Seguros
Tegucigalpa, M.D.C. Honduras
CIRCULAR CNBS No.013/2021
Pág.1
21 de junio de 2021
SISTEMA BANCARIO COMERCIAL
BANCO CENTRAL DE HONDURAS
Toda la República
CIRCULAR CNBS No.013/2021
Señores:
La infrascrita Secretaria General de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros CERTIFICA la
parte conducente del Acta de la Sesión Extraordinaria No.1518 celebrada en Tegucigalpa,
Municipio del Distrito Central el veintiuno de junio de dos mil veintiuno, con la asistencia de los
Comisionados ETHEL DERAS ENAMORADO, Presidenta; JOSÉ ADONIS LAVAIRE FUENTES,
Comisionado Propietario; EVASIO A. ASENCIO, Comisionado Propietario; MAURA JAQUELINE
PORTILLO G., Secretaria General; que dice:
“… 2. Asuntos de la Gerencia de Estudios: … literal b) RESOLUCIÓN GES No.471/21-06-
2021.- La Comisión Nacional de Bancos y Seguros,
CONSIDERANDO (1): Que el Artículo 27 de la Ley de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros
establece que las instituciones supervisadas deberán presentar dentro de los primeros diez (10)
días de cada mes, los estados financieros e informes detallados de sus operaciones
correspondientes al mes anterior.
CONSIDERANDO (2): Que mediante Providencia SEGSE-PV-907/2021 de fecha 10 de junio de
2021, la Comisión Nacional de Bancos y Seguros tuvo por recibido correo electrónico acompañado
de la Nota EF-610/2021 de fecha ocho (8) de junio de dos mil veintiuno (2021), suscrita por el
Licenciado Gerardo Antonio Casco Murillo, en su condición de Gerente a.i. del Banco Central de
Honduras (BCH), solicitando se instruya al Sistema Financiero Nacional, para que envíen a más
tardar el 8 de julio de 2021, la información base para la elaboración del Panorama Financiero por
parte del Banco Central de Honduras, la cual debe contener los balances generales y estados de
resultados a junio de 2021, así como los Anexos estadísticos, incluyendo los datos adicionales que
requiere el BCH; misma que deberá ser remitida en forma electrónica a través del Módulo de
Interconexión Financiera y para el caso de los Anexos adicionales, mediante el Capturador de
Anexos de Bancos y Financieras (CABF), lo que permitirá elaborar en tiempo el Panorama
Financiero y el Financiamiento Interno del Sector Público, el cual servirá de base para la
actualización del Programa Monetario 2021-2022.
POR TANTO: En uso de las atribuciones que la Ley le confiere y con fundamento en los Artículos
4 de la Ley del Sistema Financiero y 27 de la Ley de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros;
RESUELVE:
1. Requerir a las Instituciones del Sistema Bancario Comercial que, de manera excepcional,
remitan a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, a más tardar el día jueves, 8 de julio

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