Circular CNBS N° 042/2013, de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, 2013

Número de circular042/2013
Fecha11 Marzo 2013
Año2013
Comisión Nacional de Bancos y Seguros
Tegucigalpa, M.D.C. Honduras
CIRCULAR CNBS No.042/2013
Pág.1
11 de marzo de 2013
INSTITUCIONES DE SEGUROS
Toda la República
CIRCULAR CNBS No.042/2013
Señores:
El infrascrito Secretario General de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, transcribe a
ustedes la Resolución SS No.403/11-03-2013 de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros,
que literalmente dice:
RESOLUCIÓN SS No.403/11-03-2013.- La Comisión Nacional de Bancos y Seguros,
CONSIDERANDO (1): Que con fecha 14 de abril de 2010, el licenciado Gerardo Rivera en su
condición de Gerente General de Seguros del País, S.A., en representación de la sociedad
corredora de reaseguro BUTCHER, ROBINSON & STAPLES INTERNATIONAL LIMITED, con
domicilio social en la ciudad de Londres, Inglaterra, remitió a la Superintendencia de Seguros y
Pensiones la solicitud de inscripción en el Registro de Reaseguradores y Corredores de
Reaseguro del Exterior así como la documentación que ampara la misma.
CONSIDERANDO (2): Que mediante Oficio OF-SSYP-0051/2011, se solicitó al licenciado
Rivera, que comunicara al interesado que es necesario complementar la siguiente información:
1) Poder autorizando al representante legal de la sociedad, que indique que posee las
facultades suficientes para la suscripción de contratos y de representación en materia
administrativa para efecto de notificaciones y requerimientos, y 2) Certificado de la autoridad
supervisora o reguladora del país de origen que haga constar que la sociedad corredora de
reaseguro se encuentra constituida legalmente en ese país y que posee autorización para
operar en el corretaje de reaseguro en el exterior, indicando los ramos de seguro en que puede
intermediar. Documentación recibida de conformidad el 28 de enero de 2013.
CONSIDERANDO (3): Que la petición presentada por BUTCHER, ROBINSON & STAPLES
INTERNATIONAL LIMITED se basa en lo establecido en los artículos 77, 114, numeral 8) de la
Ley de Instituciones de Seguros y Reaseguros; 39, 40 y 41 del Reglamento de Operaciones de
Reaseguro y Registro de Reaseguradoras y Corredores de Reaseguro del Exterior que
mandan que para ejercer la actividad de corretaje de reaseguro, las instituciones del exterior
deben estar inscritas en el Registro que al efecto lleva la Comisión; además establecen los
requisitos mínimos para que se le otorgue la autorización de inscripción; los cuales ha cumplido
íntegramente.
CONSIDERANDO (4): Que la documentación que ampara la solicitud presentada por el
Corredor de Reaseguro BUTCHER, ROBINSON & STAPLES INTERNATIONAL LIMITED,
cumple con los requisitos legales y reglamentarios necesarios para operar en el ramo de
Seguro de Daños.
POR TANTO: Con fundamento en los artículos 6 y 13 numerales 1), 2), 4), y 15) de la Ley de la
Comisión Nacional de Bancos y Seguros; 2, 4, 5, 77 y 114 numeral 8) de la Ley de Instituciones

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