26
de octubre de 2004
CÁMARA DE CORREDORES DE SEGUROS
CÁMARA HONDUREÑA DE ASEGURADORES
ASOCIACIÓN HONDUREÑA DE AGENTES DE SEGUROS
INSTITUCIONES DE SEGUROS
Toda la República
CIRCULAR CNBS No.099/2004
Señores:
Nos permitimos transcribir a ustedes, la Resolución aprobada por la
Comisión Nacional de Bancos y Seguros, que literalmente dice:
“RESOLUCIÓN No.1067/26-10-2004.-
La Comisión Nacional de Bancos y Seguros,
CONSIDERANDO:
Que
según el numeral 14) del Artículo 114 de la Ley de Instituciones de
Seguros y Reaseguros corresponde a la Comisión Nacional de Bancos y
Seguros autorizar, supervisar y controlar las actividades que
desarrollen los intermediarios y auxiliares de las Instituciones de
Seguros por los medios que considere necesarios.
CONSIDERANDO:
Que el
Artículo 94 de la Ley de Instituciones de Seguros y Reaseguros manda
que los Agentes Dependientes, Independientes o Corredores de Seguros
y Sociedades de Corretaje deben estar autorizados por la Comisión,
estar inscritos en el Registro correspondiente y mantener vigente el
certificado de inscripción, así como cumplir con los requisitos y
demás normativa prudencial que la Comisión establezca.
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 95 de la Ley de Instituciones de Seguros y
Reaseguros faculta a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros a
autorizar la inscripción en el Registro de Agentes Dependientes,
Independientes y Sociedades de Corretaje que al efecto lleva la
Comisión, acreditando su inscripción mediante la emisión de un
certificado.
CONSIDERANDO:
Que
las solicitudes presentadas por los Agentes Dependientes que se
listan en esta Resolución, cumplen con los requisitos legales
necesarios para la autorización e inscripción en el Registro que al
efecto lleva la Comisión, para operar en los ramos solicitados.
POR
TANTO:
En uso
de las atribuciones que la Ley le confiere y con fundamento en los
artículos 6 y 13 de la Ley de la Comisión Nacional de Bancos y
Seguros; 2, 4, 92 al 103, 114 numerales 8) y 14), y 122 numeral 11)
de la Ley de Instituciones de Seguros y Reaseguros; en sesión del 26
de octubre de 2004, resuelve:
1.
Aprobar las solicitudes presentadas por los Agentes Dependientes que
se listan a continuación y autorizar su inscripción en el Registro
que al efecto lleva la Comisión para operar en los ramos
solicitados.
No.
|
Agentes Dependientes
|
Registro No.
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Ramos
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1
|
Reina Luz Girón
|
C-01-0038
|
Personas y Daños
|
2
|
María Ana Dolores Schwarzbauer Montes
|
C-08-0028
|
Personas
|
2.
Comunicar la presente Resolución a la Cámara de Corredores de
Seguros, Cámara Hondureña de Aseguradores, Asociación Hondureña de
Agentes de Seguros y a las Instituciones de Seguros, para los
efectos legales...
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