26 de octubre de 2004 CÁMARA DE CORREDORES DE SEGUROS CÁMARA HONDUREÑA DE ASEGURADORES ASOCIACIÓN HONDUREÑA DE AGENTES DE SEGUROS INSTITUCIONES DE SEGUROS Toda la República CIRCULAR CNBS No.099/2004 Señores: Nos permitimos transcribir a ustedes, la Resolución aprobada por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, que literalmente dice: “RESOLUCIÓN No.1067/26-10-2004.- La Comisión Nacional de Bancos y Seguros, CONSIDERANDO: Que según el numeral 14) del Artículo 114 de la Ley de Instituciones de Seguros y Reaseguros corresponde a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros autorizar, supervisar y controlar las actividades que desarrollen los intermediarios y auxiliares de las Instituciones de Seguros por los medios que considere necesarios. CONSIDERANDO: Que el Artículo 94 de la Ley de Instituciones de Seguros y Reaseguros manda que los Agentes Dependientes, Independientes o Corredores de Seguros y Sociedades de Corretaje deben estar autorizados por la Comisión, estar inscritos en el Registro correspondiente y mantener vigente el certificado de inscripción, así como cumplir con los requisitos y demás normativa prudencial que la Comisión establezca. CONSIDERANDO: Que el Artículo 95 de la Ley de Instituciones de Seguros y Reaseguros faculta a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros a autorizar la inscripción en el Registro de Agentes Dependientes, Independientes y Sociedades de Corretaje que al efecto lleva la Comisión, acreditando su inscripción mediante la emisión de un certificado. CONSIDERANDO: Que las solicitudes presentadas por los Agentes Dependientes que se listan en esta Resolución, cumplen con los requisitos legales necesarios para la autorización e inscripción en el Registro que al efecto lleva la Comisión, para operar en los ramos solicitados. POR TANTO: En uso de las atribuciones que la Ley le confiere y con fundamento en los artículos 6 y 13 de la Ley de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros; 2, 4, 92 al 103, 114 numerales 8) y 14), y 122 numeral 11) de la Ley de Instituciones de Seguros y Reaseguros; en sesión del 26 de octubre de 2004, resuelve: 1. Aprobar las solicitudes presentadas por los Agentes Dependientes que se listan a continuación y autorizar su inscripción en el Registro que al efecto lleva la Comisión para operar en los ramos solicitados. No. | Agentes Dependientes | Registro No. | Ramos | 1 | Reina Luz Girón | C-01-0038 | Personas y Daños | 2 | María Ana Dolores Schwarzbauer Montes | C-08-0028 | Personas |
2. Comunicar la presente Resolución a la Cámara de Corredores de Seguros, Cámara Hondureña de Aseguradores, Asociación Hondureña de Agentes de Seguros y a las Instituciones de Seguros, para los efectos legales... |