Decreto Ejecutivo No. 010-2018

EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA,

CONSIDERANDO: Que el Presidente de la República tiene a su cargo la administración general del Estado y la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada.

CONSIDERANDO: Que Honduras es un Estado miembro de la Organización de las Naciones Unidas, con su Gobierno Constitucional debidamente reconocido por la comunidad internacional y dicha organización, según carta enviada al Gobierno de la República por el Secretario General de las Naciones Unidas, Antonio Guterres, el 6 de febrero de 2018.

CONSIDERANDO: Que la Ley General de la Administración Pública faculta al Presidente de la República para crear comisiones integradas por funcionarios públicos, personalidades y representantes de diversos sectores de la vida nacional, con las atribuciones que determinen los Decretos de su creación.

CONSIDERANDO: Que el Diálogo es un instrumento elemental y eficaz para la búsqueda de solución de toda clase de conflictos, particularmente aquellos con repercusión social o política, y es una opción siempre acorde para llevar una participación inclusiva y no excluyente, y que contribuya a la armonía nacional, así como al mismo tiempo apoye el trabajo de las instituciones de rango constitucional.

CONSIDERANDO: Que la búsqueda de consensos debe trascender de la dimensión meramente formal, con el fin de tornarse en el medio eficaz para alcanzar acuerdos concretos, que sean respaldados por las fuerzas políticas de la Nación y garanticen el fortalecimiento...

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