Decreto Ejecutivo No. 015-2018

EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO: Que de conformidad a lo establecido en el numeral 2 del artículo 245 de la Constitución de la República, es atribución del Presidente de la República, dirigir la política general del Estado y representarlo.

CONSIDERANDO: Que la Ley General de la Administración Pública en su Artículo 11 indica que, el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada. El Presidente de la República en el ejercicio de sus funciones, podrá actuar por sí o en Consejo de Ministros.

CONSIDERANDO: Que el Gobierno de Estados Unidos mediante la Corporación de Desafío del Milenio (MCC por sus siglas en inglés) ha implementado un mecanismo de otorgamiento de donaciones a países de Ingresos Bajos y de Ingresos Medios Bajos considerando el cumplimiento de una serie indicadores.

Estas evaluaciones no sólo son utilizadas por el MCC y su Consejo de Administración, sino por los propios países socios, potenciales inversores del sector privado y otros.

CONSIDERANDO: Que el desempeño de las políticas públicas de cualquier país que opta a recursos de MCC, es medido con base en el comportamiento de 20 indicadores agrupados en las categorías: “fomentar la libertad económica”, “invertir en la gente” y "gobernar con justicia". Para aprobar los indicadores de la hoja de evaluación, el país debe desempeñarse por encima de la mediana de su grupo de ingresos.

CONSIDERANDO: Que estudios afirman que este mecanismo competitivo incentiva a los países a cumplir con los indicadores para optar a recursos...

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