Decreto Ejecutivo número PCM-017-2019

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EN CONSEJO DE SECRETARIOS DE ESTADO,

CONSIDERANDO:Que de conformidad a los numerales 2 y 11 del Artículo 245 de la Constitución de la República, corresponde al Presidente de la República entre otras atribuciones, dirigir la política general del Estado, emitir acuerdos, decretos, expedir reglamentos y resoluciones conforme a la Ley.

CONSIDERANDO:Que de acuerdo con el Artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública, contenida en el Decreto Legislativo No. 146-86, de fecha 27 de octubre de 1986 y sus reformas, el Presidente de la República de Honduras tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública, Centralizada y Descentralizada, pudiendo actuar por sí o en Consejo de Secretarios de Estado.

CONSIDERANDO:Que en fecha 4 de mayo de 2016 fue publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el Decreto No. 25-2016 aprobado el 7 de abril del 2016, contentivo de la Ley de Responsabilidad Fiscal (LRF), el cual tiene como objetivo establecer los lineamientos para una mejor gestión de las finanzas públicas, asegurando la consistencia en el tiempo de la política presupuestaria y garantizar la consolidación fiscal, sostenibilidad de la deuda y reducción de la pobreza con responsabilidad, prudencia y transparencia fiscal.

CONSIDERANDO: Que el Artículo 6 del Decreto No. 25-2016 establece la creación del Comité Interinstitucional integrado por la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), Secretaría de Estado en el Despacho de Coordinación General de Gobierno (SCGG) y el Banco Central de Honduras (BCH), para la elaboración e implementación del Marco Macro Fiscal de Mediano Plazo.

CONSIDERANDO: Que en fecha 04 de abril del 2019, el Comité Interinstitucional aprobó el proyecto de Marco Macro Fiscal de Mediano Plazo (MMFMP 2020-2023).

CONSIDERANDO: Que el Artículo 7 del Decreto No. 25-2016 establece que la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), debe remitir al Banco Central de Honduras (BCH), a más tardar el 15 de abril de cada año, el proyecto de Marco Macro Fiscal de Mediano Plazo, a efecto de que emita, dentro de los siguientes diez (10) días calendario, opinión técnica sobre dicho Marco y su compatibilidad con las previsiones de balanza de pagos y de reservas internacionales netas y con su política monetaria. Para tal efecto el Banco Central de Honduras (BCH) debe remitir los indicadores del cierre del año anterior a más tardar el 15 de febrero de cada año a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas.

CONSIDERANDO: Que en fecha 12 de abril del 2019 el BCH, remitió a la SEFIN la opinión técnica sobre dicho Marco y su compatibilidad con las previsiones de balanza de pagos y de reservas internacionales netas y con su política monetaria.

CONSIDERANDO:Que el Artículo 8 del Decreto No. 25-2016 establece que el Marco Macro Fiscal de Mediano Plazo debe ser aprobado por el Presidente de la República en Consejo de Secretarios de Estado, el último día hábil del mes de abril de cada año y debe ser publicado íntegramente, junto con el Informe del Banco Central de Honduras (BCH) dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes en los medios electrónicos de los que disponga y debe ser remitido para su publicación correspondiente en el Diario Oficial “La Gaceta”.

POR TANTO:

En uso de las facultades que establece el Artículo 245, numerales 1 y 11 de la Constitución de la República, Artículos 116, 117 y 118 de la Ley General de la Administración Pública y sus reformas; Artículos 6, 7 y 8 del Decreto No. 25-2016 contentivo de la Ley de Responsabilidad Fiscal y Artículos 7, 8 y 9 del Acuerdo Ejecutivo No. 288-2016 contentivo del Reglamento de la Ley de Responsabilidad Fiscal.

DECRETA:

ARTÍCULO 1 Aprobar el Marco Macro Fiscal de Mediano Plazo (MMFMP) 2020-2023, aprobado en fecha 04 de abril de 2019, por el Comité Interinstitucional integrado por la Secretaría de Estado en el Despacho de Coordinación General de Gobierno (SCGG), la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), y el Banco Central de Honduras (BCH), el cual se anexa al presente Decreto.
ARTÍCULO 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”.

Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintinueve (29) días del mes de abril de 2019.

COMUNIQUESE Y PUBLÍQUESE.

MARCO MACRO FISCAL DE MEDIANO PLAZO (MMFMP) 2020-2023

COMITÉ INTER INSTITUCIONAL PARA LA ELABORACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DEL MMFMP

(SEFIN, SCGG Y BCH)

Contenido

  1. Introducción

  2. Resumen del Marco Macro Fiscal de Mediano Plazo (MMFMP) 2020-2023

  3. Situación Macroeconómica 2018

    3.1 Evolución del Contexto Internacional

    3.2 Economías Avanzadas y Emergentes

    3.3 Economías Emergentes y en Desarrollo

    3.4 Contexto Económico Nacional 2018

    3.4.1 Sector Real

    3.4.2 Sector Externo

    3.4.3 Precios

    3.4.4 Sector Monetario

  4. Situación Fiscal 2018

    4.1 Sector Público No Financiero

    4.1.1 Institutos de Previsión y Seguridad Social

    4.1.2 Empresas Públicas No Financieras

    4.1.3 Resto de Instituciones Descentralizadas y Municipalidades

    4.2 Administración Central

    4.2.1 Balance Global y Primario

    4.3 Financiamiento

    4.3.1 Sector Público No Financiero

    4.3.2 Administración Central

    4.4 Deuda Pública

    4.4.1 Situación de la Deuda Pública del SPNF

    4.4.2 Calificación Crediticia del Gobierno de Honduras

    4.4.3 Sector Público No Financiero

    4.4.4 Administración Central

    4.5 Programa de Inversión Pública (PIP)

    5 Programa Macroeconómico 2018

    5.1 Perspectivas de la Economía Internacional

    5.2 Perspectivas de la Economía Nacional

    5.2.1 Sector Real

    5.2.2 Sector Externo

    5.2.3 Sector Monetario

    6 Declaración de Principios de Política Fiscal

    6.1 Lineamientos de Política Económica

    6.2 Lineamientos de Política Fiscal

    7 Perspectivas Fiscales 2019 - 2020 Sector Público No Financiero

    7.1 Sector Público No Financiero

    7.2 Administración Central

    8 Metas Fiscales 2019-2023

    9 Marco Macroeconómico 2020-2023

    10 Estrategia Fiscal 2020 -2023

    10.1 Sector Público No financiero (SPNF)

    10.2 Estrategia Fiscal de la Administración Central

    10.3 Financiamiento 2020-2023

    10.3.1 Sector Público No Financiero

    10.3.2 Administración Central

    11 Análisis de Sostenibilidad de la Deuda (ASD) del SPNF

    12 Gasto Tributario

    13 Evaluación del Cumplimiento de las Metas del año anterior

    14 Riesgos Fiscales

    15 Escenarios

    Advertencia

    El Comité Interinstitucional para la elaboración e implementación del Marco Macro Fiscal de Mediano Plazo (MMFMP) integrado por la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), Secretaría de Estado en el Despacho de Coordinación General de Gobierno (SCGG) y el Banco Central de Honduras (BCH) autoriza la reproducción total o parcial del texto, gráficas y cifras que figuran en esta publicación, siempre que se mencione la fuente. No obstante, las instituciones antes mencionadas no asumen responsabilidad legal alguna o de cualquier otra índole, por la manipulación, interpretación personal y uso de dicha información.

    Glosario de Términos

    AC: Administración Central

    APP: Asociación Público Privada

    ASD: Análisis de Sostenibilidad de la Deuda

    BANASUPRO: Suplidora Nacional de Productos Básicos

    BCH: Banco Central de Honduras

    BM: Banco Mundial

    BID: Banco Interamericano de Desarrollo

    CCP: Comisión de Crédito Público

    CIF: Coste, seguro y flete (por sus siglas en inglés Cost, Insurance and Freight)

    DGCP: Dirección General de Crédito Público

    DPMF: Dirección General de Política Macro-Fiscal

    EEH: Empresa Energía Honduras

    ENEE: Empresa Nacional de Energía Eléctrica

    ENP: Empresa Nacional Portuaria

    EUA: Estados Unidos de América

    FMI: Fondo Monetario Internacional

    FNH: Ferrocarril Nacional de Honduras

    FOB: Libre a bordo (por sus siglas en inglés Free On Board)

    HONDUCOR: Empresa de Correos de Honduras

    HONDUTEL: Empresa Hondureña de Telecomunicaciones

    IED: Inversión Extranjera Directa

    INJUPEMP: Instituto Nacional de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo

    INPREMA: Instituto Nacional de Previsión del Magisterio

    IPM: Instituto de Previsión Militar

    LRF: Ley de Responsabilidad Fiscal

    MMFMP: Marco Macro Fiscal de Mediano Plazo

    OPEP: Organización de Países Exportadores de Petróleo

    PEP: Política de Endeudamiento Público

    PM: Programa Monetario

    SANAA: Servicio Autónomo Nacional de Acueductos y Alcantarillados

    SEFIN: Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas

    SPNF: Sector Público No Financiero

  5. Introducción

    En cumplimiento a lo establecido en los artículos 3, 5, 8 y 10 de la Ley de Responsabilidad Fiscal (LRF), el Gobierno de la República de Honduras presenta el Marco Macro Fiscal de Mediano Plazo (MMFMP) 2020-2023. En el, se ha llevado a cabo un análisis de los principales resultados macroeconómicos y fiscales del 2018 y las perspectivas para el 2019 y se describen los lineamientos de política económica y fiscal, así como el comportamiento futuro de las principales variables macroeconómicas y los resultados fiscales esperados para el período 2020-2023.

    El ordenamiento macroeconómico iniciado a partir del 2013 con el proceso de consolidación fiscal, la aprobación de la LRF y las reformas al marco de política monetaria y cambiaría, le han permitido a Honduras mejorar su posición fiscal y externa y la percepción de riesgo país. Sin embargo, afianzar la credibilidad del Gobierno de Honduras con estos compromisos, requiere de la política fiscal, el manejo apropiado para minimizar los riesgos que puedan impactar en el crecimiento. En ese sentido, el...

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