Decreto Ejecutivo número PCM-006-2021

Publicado enLa Gaceta. Diario Oficial de la República de Honduras

EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA EN CONSEJO DE SECRETARIOS DE ESTADO,

CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República en su Artículo 245, numerales 2), 11), 19) y 45 establece que, corresponde al Presidente de la República entre otras atribuciones, dirigir la política general del Estado, y representarlo; emitir Acuerdos y Decretos y expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley; administrar la Hacienda Pública; las demás que le confiere la Constitución y las Leyes.

CONSIDERANDO: Que de acuerdo al Artículo 11 de la Ley General de Administración Pública, el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, pudiendo en el ejercicio de sus funciones actuar por sí o en Consejo de Ministros.

CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-109-2020, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 02 de noviembre del año 2020, Edición No. 35,317, reformado mediante Decretos Ejecutivos Número PCM-112-2020, Decreto Ejecutivo Número PCM 115-2020, Decreto Ejecutivo Número PCM 116-2020 y Decreto Ejecutivo Número PCM 147-2020, publicados en el Diario Oficial “La Gaceta, respectivamente en fechas Dos (02) de Noviembre, Seis (06) de Noviembre, Once (11) de Noviembre y Veintinueve (29) de Diciembre del año Dos Mil Veinte (2020), se declaró estado de emergencia a nivel nacional por los efectos de las fuertes lluvias provocadas por la Tormenta Tropical “ETA” y la entonces posible formación de Huracán “ETA” y otros fenómenos climáticos, las cuales han causado graves daños a la infraestructura vial y al Sector Agrícola del país, configurándose en una nueva crisis humanitaria que se une a la causada por el virus del COVID-19.

CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-056-2018, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 31 de agosto del año 2018, Edición No. 34,733, aprobado mediante Decreto Legislativo Número 97-2018, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 11 de octubre de 2018, Edición No. 34,766, éste que a su vez fuera reformado mediante Decreto Legislativo Número 181-2018, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 31 de diciembre de 2018, se instruyó a la entidad MCA-Honduras/ INVEST-H, a ampliar el Fideicomiso para la Administración del Fondo de Acceso al Crédito Agrícola de MCA-Honduras, mismo que en su calidad de fideicomitente fuera suscrito con Banco de América Central Honduras, S.A., a fin de llevar adelante obras de infraestructura vial aplicando para ello los fondos asignados a dicho fideicomiso y descritos en el Decreto Ejecutivo Número PCM-056-2018, fideicomiso que pasó a denominarse Fideicomiso de Infraestructura Vial.

CONSIDERANDO: Que por razón del estado de emergencia derivado de la presencia de las tormentas “ETA” e “IOTA”, las obras de infraestructura vial que dentro del plan de trabajo anual ha programado MCA-Honduras/INVEST-H requiere una necesaria revisión y adecuada priorización, tomando en cuenta dados los daños sufridos en todo el territorio nacional, resultando ser urgente obras de reparación, rehabilitación o construcción cuyo volumen y multiplicidad requiere ampliar actualmente las capacidades de ejecución de MCA-Honduras/ INVEST-H.

CONSIDERANDO: Que Honduras es uno de los Estados que acordó cumplir el compromiso de “Gobernabilidad democrática frente a la corrupción”, suscritos en Lima, Perú, en la VIII Cumbre de las Américas el pasado 14 de abril del año 2018.

CONSIDERANDO: Que la sección “D”, de los compromisos suscritos en la Cumbre de las Américas antes referida, indica que los Estados deben prevenir la corrupción en todos los contratos de servicios y obras públicas.

CONSIDERANDO: Que el Gobierno de la República, debe asegurar el buen uso de los recursos públicos...

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