Decreto No. 070-2018.

EL CONGRESO NACIONAL,

CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 229 de la Constitución de la República, corresponde al Congreso Nacional, elegir al Procurador y Subprocurador General de la República, por un período de cuatro (4) años y no podrán ser reelegidos para un período subsiguiente, deberán reunir las mismas condiciones y tendrán las mismas prerrogativas e inhabilidades establecidas en la Constitución para los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia.

POR TANTO, DECRETA:

ARTÍCULO 1 Elíjase como PROCURADORA GENERAL DE LA REPÚBLICA, a la ciudadana Abogada LIDIA ESTELA CARDONA PADILLA, para el Período Constitucional comprendido desde el 29 de Junio de 2018 al 29 de Junio de 2022.
ARTÍCULO 2 La elegida Procuradora debe tomar posesión de su cargo previa Promesa de Ley.
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