Decreto No. 131-2017.

EL CONGRESO NACIONAL,

CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República en su Artículo 294 establece la existencia del régimen de autonomía municipal para promover el bienestar de los ciudadanos mediante la ejecución de obras que promuevan el desarrollo local.

CONSIDERANDO: Que el Estado de Honduras debe ser fiel guardián de la cultura, las tradiciones y costumbres de nuestros pueblos lencas, en bien de las generaciones presentes y futuras. Que para el desarrollo económico y la riqueza cultural de nuestros pueblos indígenas, se debe contar con centros apropiados en cuyas instalaciones vendan, exhiban y comercialicen sus productos y artesanías que son mercancías ancestrales e historia que nos enorgullecen como hondureños.

CONSIDERANDO: Que en el Municipio de Intibucá, Departamento de Intibucá, se desarrolla una nueva e intensa actividad Municipal, con el desarrollo de obras, para promover condiciones de desarrollo económico y bienestar social de sus habitantes indígenas Lencas.

CONSIDERANDO: Que la Municipalidad de Intibucá, Departamento de Intibucá, contempla en su Plan de Inversiones del presente año, la continuación de ejecución de proyectos de desarrollo económico local, como la habilitación del nuevo Mercado Municipal, para lo cual requiere de readecuación bancaria en condiciones adecuadas a su capacidad financiera.

CONSIDERANDO: Que de conformidad al Artículo 205 Atribución 19) de la Constitución de la República corresponde al Congreso Nacional, aprobar o improbar los contratos que lleven involucradas exenciones, incentivos y concesiones fiscales, o cualquier otro contrato que haya de producir o prolongar sus efectos al siguiente período de gobierno de la República.

POR TANTO,

DECRETA:

ARTÍCULO 1 Autorizar a la MUNICIPALIDAD DE INTIBUCÁ, DEPARTAMENTO DE...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR