Decretos Nos. 179-2018, 190-2018

ACUERDO No. 117-2019

EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN

CONSIDERANDO: Que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en el Despacho de los asuntos públicos y en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos de la Administración Pública Centralizada y la coordinación de las entidades y órgano desconcentrado o de las instituciones descentralizadas, en las áreas de su competencia.

CONSIDERANDO: Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones comunes previstas en la Constitución de la República.

CONSIDERANDO: Que mediante Decreto No. 294-93 se crea el Cuerpo de Bomberos de Honduras como una Institución Desconcentrada de la Secretaría de Gobernación y Justicia.

POR TANTO;

En uso de las atribuciones que la Ley le confiere y en aplicación de los Artículos 116 y 118 de la Ley General de la Administración Pública; Decreto No. 294-93.

ACUERDA:

PRIMERO: Se proceda a cancelar el Contrato de Fideicomiso para la Administración de los Fondos Provenientes de la Recaudación por Concepto de Tasa por Servicio de Bomberos del municipio de San Pedro Sula, departamento de Cortes.

SEGUNDO: Que el Benemérito Cuerpo de Bomberos de Honduras, realice todas las acciones correspondientes para la liquidación de dicho Fideicomiso.

TERCERO: Depositar los fondos que obran en poder del Fideicomitente, en una institución del sistema financiero de a ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés y sean administrados de conformidad con la Ley.

CUARTO: El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de su fecha y deberá publicarse en “La Gaceta” el Diario Oficial de la República.

COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.

Dado en la ciudad Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dieciséis (16) días del mes de mayo del año dos mil diecinueve (2019).

DECRETO No. 179-2018

EL CONGRESO NACIONAL,

CONSIDERANDO: Que el Artículo 59 de la Constitución de la República establece que “la persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado, todos tenemos obligaciones de respetarla y protegerla”.

CONSIDERANDO: Que la Amnistía es un instrumento jurídico que tiene por efecto, la posibilidad de impedir y en algunos casos la...

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