Decretos Ejecutivos números PCM-055-2019, 056-2019, 057-2019

DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-055-2019

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EN CONSEJO DE SECRETARIOS DE ESTADO.

CONSIDERANDO: Que la Ley General de la Administración Pública en su Artículo 22, Numeral 4, establece que corresponde al Consejo de Ministros formular y aprobar, de conformidad con los planes de desarrollo, el Proyecto de Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, el cual el Poder Ejecutivo deberá someter anualmente a la aprobación del Congreso Nacional.

CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 5, Numeral 2 de la Ley Orgánica del Presupuesto, la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas propondrá al Presidente de la República para su aprobación la Política Financiera de Mediano Plazo y la Política Presupuestaria Anual y dirigirá su ejecución una vez aprobada.

CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 367 de la Constitución de la República, el Proyecto de Presupuesto será presentado por el Poder Ejecutivo al Congreso Nacional, dentro de los primeros quince días del mes de septiembre de cada año.

CONSIDERANDO: Que el Gobierno de la República ejecuta el Plan Estratégico de Gobierno denominado: “Honduras Avanza con paso Firme”, el cual está vinculado a la Visión de País y al Plan de Nación y el mismo guía el Presupuesto 2020 y la Planificación multianual 2020-2022.

POR TANTO;

En aplicación de lo establecido en los Artículos 245 numeral 11), 252 y 367 de la Constitución de la República; 22 numeral 4), 116 y 117 de la Ley General de la Administración Pública, y 5 numeral 2, de la Ley Orgánica del Presupuesto.

DECRETA:

ARTÍCULO 1

Aprobar el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República para el Ejercicio Fiscal 2020, presentado por la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas el cual está formulado considerando lo establecido en el Marco Macro Fiscal de Mediano Plazo 2020-2023 y observando los techos presupuestarios considerados en el mismo, el cual asciende a un monto de DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CINCO MILLONES VEINTE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE LEMPIRAS EXACTOS (L.282,405,020,967) desglosado de la manera siguiente:

  1. Administración Central: CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SETENTA MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO LEMPIRAS EXACTOS (L155,570,437,625).

  2. Administración Descentralizada: CIENTO VEINTISEIS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS LEMPIRAS EXACTOS (L126,834,583,342.00).

ARTÍCULO 2 Autorizar a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas su presentación al Congreso Nacional.
ARTÍCULO 3 El presente Decreto Ejecutivo es de ejecución inmediata y debe ser publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”.

Dado en Casa Presidencial, en la Ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los once (11) días del mes de septiembre del año dos mil diecinueve (2019).

COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.

DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-056-2019

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EN CONSEJO DE SECRETARIOS DE ESTADO,

CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 245 numeral 11 de la Constitución de la República de Honduras, corresponde al Presidente de la República, la Administración General del...

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