Diario Oficial de la República de Honduras del 29 de Octubre de 2025 - Sección B
| Fecha de publicación | 29 Octubre 2025 |
| Sección | B |
1
La Gaceta
B.
Sección B Avisos Legales
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 29 DE OCTUBRE DEL 2025 No. 36,979
Sección “B”
CONVOCATORIA
El Consejo de Administración de la Sociedad Mercantil
denominada TECNOCOMP S.A. DE C.V., en aplicación
de lo dispuesto en sus estatutos sociales y los artículos 168,
169, 174, 177, 178, 179, 181, 182, 185, 187, 191 y 192
del Código de Comercio, convoca a sus accionistas a la
Asamblea General de dicha sociedad en la que se tratarán
asuntos de carácter ordinario y extraordinario, a celebrarse
el día viernes doce (12) de diciembre del año dos mil
veinticinco (2025), a las nueve de la mañana (9:00 a.m.),
en las ocinas de la sociedad en su domicilio social, sito en
Avenida Circunvalación, 5ta calle frente a Parqueo del
Comisariato Los Andes, Barrio Los Andes, San Pedro
Sula, para tratar el siguiente orden del día:
A. Apertura de la sesión y vericación del Quórum
B. Instalación de la Asamblea General Ordinaria de
Accionistas de la sociedad TECNOCOMP S.A. DE C.V.
Asuntos de caracter Ordinario:
1. Informe del Consejo de Administración.
2. Informe del Comisario Social.
3. Presentación, discusión, aprobación o modicación
del Balance General y del Estado de Resultados
de la Sociedad, relativos a los ejercicios sociales
correspondientes a los años 2020, 2021, 2022, 2023 y
2024 debidamente auditados.
4. Acuerdo y Decreto de Dividendos si hubiere lugar a ello.
5. Elección del Consejo de Administración.
6. Determinar los emolumentos correspondientes a los
administradores y comisario.
7.
Asuntos de caracter Extraordinario:
1. Disolución y liquidación de la sociedad.
2. Nombramiento de Ejecutor Especial de Acuerdos
relativos a la Asamblea Ordinaria y Extraordinaria y
Protocolización e inscripción de correspondiente de la
presente acta.
3. Lectura y aprobación del acta.
En caso de no existir quórum el día y hora antes indicado,
la asamblea podrá realizarse en segunda convocatoria el día
siguiente sábado trece (13) de diciembre de este mismo año
(2025), en el mismo lugar, a las nueve de la mañana (9:00
a.m.), sin necesidad de nueva convocatoria.
San Pedro Sula, departamento de Cortés, 15 de octubre del
año 2025.
Secretario del Consejo de Administración
TECNOCOMP S.A. DE C.V.
29 O. 2025
2
La Gaceta
B.
Sección B Avisos Legales
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 29 DE OCTUBRE DEL 2025 No. 36,979
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS DE LO
FISCAL ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
El infrascrito, Secretario, por Ley del Juzgado de Letras de lo Fiscal
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de
esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE
SABER: Que en fecha veintinueve (29) de julio del año dos mil
veinticinco (2025), compareció ante este Juzgado el Abogado Román
Pinera Mendoza, en su condición de representante procesal de la
sociedad mercantil denominada Servicios Financieros Electrónicos
S.A. DE C.V. (SEFELSA),ahora CREDOMATIC HONDURAS
S.A., contra el Estado de Honduras a través del Servicio de
Administración de Rentas (SAR), y de la Secretaría de Estado
en el Despacho de Finanzas, con orden de ingreso No. 0801-2025-
000018, " ..., para que se declare la ilegalidad y la nulidad de un acto
administrativo identicado como la Resolución número 138-2025,
de fecha 29 de mayo del 2025 y noticada en forma electrónica
en fecha 19 de junio del 2025, emitida por la Secretaría de Estado
en el Despacho de Finanzas. La demanda se interpone ya que con
el acto impugnado la demanda infringe el ordenamiento jurídico,
quebranta las formalidades esenciales y contener vicios de nulidad
y anulabilidad como el exceso de poder y la desviación de poder. Se
solicita el reconocimiento de una situación jurídica individualizada
y como medida para su pleno restablecimiento se ordene dejar sin
valor ni efecto el ajuste practicado por el Estado de Honduras con
valor de cuatro millones seiscientos diez mil diecinueve lempiras con
doce centavos (L. 4,610.019.20), en concepto de Impuesto Adicional
a pagar en concepto de Impuesto Sobre la Renta Activo Neto,
Aportación Solidaria, declaraciones varias de Retención de Anticipo
IRS 1% periodos scales 2013-2013. Se acompañan documentos.
Petición Poder".
ALAN MAURICIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ
SECRETARIO ADJUNTO
29 O. 2025
______
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tegucigalpa, M.D.C.
República de Honduras, C.A.
AVISO
La infrascrita, Secretaria General del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, Municipio
del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la
Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintisiete de
agosto del 2025, compareció a este Juzgado la Abogada VANNA
STEPHANY VALLADARES CACERES, en su condición de
apoderado legal de la Empresa DIALISIS DE HONDURAS S.A.,
POR LA VÍA DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO para
la declaración de ilegalidad y nulidad de los actos administrativos
impugnados consistentes en la Resolución No. 780-2025-SS de
fecha 11 de junio del 2025 y la Resolución No. 381-2025-SS de
fecha seis de marzo del 2025 emitidas por la Secretaría de Estado
en el Despacho de Salud, así como el reconocimiento de una
situación jurídico individualizada y para su pleno reconocimiento se
adopten las medidas necesarias y se ordene el pago de la cantidad
de DIEZ MILLONES CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL
OCHO LEMPIRAS (L.10,144,008.00) en concepto de servicios
prestados más intereses devengados a partir de la fecha del reclamo
administrativo. Contra el Estado de Honduras a través de la
Procuraduría General de la República. Quedando registrada en esta
judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2025-00613. Asimismo,
se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada
con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción
de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán
EMPLAZADOS con la presente publicación.
ABG. LUZ MARINA SAUCEDA
SECRETARIA ADJUNTA
29 O. 2025
_______
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la
Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER:Que en fecha dieciséis (16)
de junio de dos mil veinticinco (2025), compareció a este Juzgado
el señor AXEL JOSUÉ AGUILERA LOZANO quien conrió
poder al Abogado WILMER GEOVANY DÍAZ QUINTANILLA,
interponiendo demanda en materia de personal con orden de
ingreso 0801-2025-00434 contra el Estado de Honduras a través del
INSTITUTO NACIONAL PARA LA ATENCIÓN A MENORES
INFRACTORES (INAMI), para que se declare la nulidad e
ilegalidad de un acto administrativo de carácter particular de la
administración pública, en materia de personal, consistente en el
Acuerdo de Cancelación de Número NO. 145-INAMI-2025 de fecha
veintiocho (28) de mayo de dos mil veinticinco (2025) emitido por
el INSTITUTO NACIONAL PARA LA ATENCIÓN A MENORES
INFRACTORES (INAMI). Por no ser dictado conforme a derecho,
infringir el ordenamiento jurídico, contener vicios de nulidad y
quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley,
que se reconozca la situación jurídica individualizada y adoptar como
medidas necesarias para el restablecimiento del derecho el reintegro
al puesto de trabajo y a título de daños y perjuicios el pago de sueldos
dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta la fecha
que materialice el reintegro al puesto de trabajo mediante sentencia
condenatoria, más el pago de benecios que ocurran durante el juicio,
como el décimo tercero y décimo cuarto de salario, vacaciones,
bonicación por concepto de vacaciones, aumentos salariales, se
decrete la nulidad del acto por el cual se hubiere nombrado el sustituto
en mi puesto de trabajo del cual fui cancelado, especial condena en
costas a la parte demandada y vencida en juicio de primera instancia,
habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación
judicial, se acompañan documentos, se delega poder.
ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ÁLVAREZ
SECRETARIO ADJUNTO
29 O. 2025
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