Diario Oficial de la República de Honduras del 3 de Agosto de 2020 - Sección B

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La Gaceta
B.
Sección B Avisos Legales
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 3 DE AGOSTO DEL 2020 No. 35,332
Sección “B”
RESOLUCIÓN No.236-7/2020.- Sesión No.3848 del
30 de julio de 2020.- EL DIRECTORIO DEL BANCO
CENTRAL DE HONDURAS,
CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo
dispuesto en la Constitución
de la República, el Estado,
por medio del Banco
Central de Honduras
(BCH) tendrá a su cargo la
formulación y desarrollo
de la política monetaria,
crediticia y cambiaria del país,
debidamente coordinada
con la política económica
planicada.
CONSIDERANDO: Que según lo establecido
en la Ley del Banco Central
de Honduras la política
monetaria, crediticia y
cambiaria del Estado será
determinada y dirigida por el
Directorio del BCH.
CONSIDERANDO: Que el BCH utiliza la
Tasa de Política Monetaria
(TPM) como instrumento de
señalización de su política
monetaria.
CONSIDERANDO: Que el BCH desde diciembre
de 2019 ha exibilizado
su postura de política
monetaria, orientada a
proveer mayor liquidez
al sistema nanciero, con
el propósito de apoyar la
actividad económica bajo
una coyuntura económica
de menores riesgos
inacionarios, asociada a
la fuerte contracción de
la actividad económica
registrada durante los dos
últimos trimestres como
resultado de los choques
externos e internos derivados
del Covid-19.
CONSIDERANDO: Que las últimas estimaciones
del Marco Macroeconómico,
caracterizadas por una fuerte
contracción de la economía
nacional, la ausencia de

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