Ley Especial del Consejo Nacional de Defensa y Seguridad
El Consejo Nacional de Defensa y Seguridad, creado al tenor del Artículo 287 de la Constitución de la República, estará integrado por:
1) El Presidente de la República, quien lo presidirá;
2) El Presidente del Congreso Nacional;
3) El Presidente de la Corte Suprema de Justicia;
4) El Fiscal General; 5) El Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad; y,
6) El Secretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional. Asimismo, el Consejo solicitará cuando lo crea conveniente la opinión del Secretario de Estado en los Despachos de Justicia y Derechos Humanos, así como de otras instituciones.
El Consejo es el máximo órgano permanente-, encargado de rectorar, diseñar y supervisar las políticas generales en materia de Seguridad, Defensa Nacional e inteligencia.
El Consejo debe diseñar las estrategias de prevención, combate, investigación y sanción de las conductas delictivas en cualquiera de sus modalidades, coordinando para ello las acciones necesarias y pertinentes entre los distintos entes que tengan competencias relacionadas en la materia.
Los miembros del Consejo deberán reunirse mensual mente y en forma extraordinaria cuando quien lo preside lo considere necesario, su comparecencia es obligatoria y excepcionalmente podrán delegarla.
Son atribuciones del Consejo Nacional de Defensa y Seguridad:
1) Diseñar las políticas públicas en materia de Seguridad, Defensa e Inteligencia;
2) Armonizar las acciones entre los distintos operadores en materia de Seguridad. Defensa e inteligencia para el mejor desempeño de sus funcione^
3) Vigilar el funcionamiento y cumplimiento de las funciones y atribuciones de la Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia;
4) Nombrar, suspender y sustituir al Director Nacional y Director Nacional Adjunto de la Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia; y,
5) Elaborar las acciones estratégicas que en materia de inteligencia que sirvan para diseñar las políticas en materia de Defensa y Seguridad.
Para su funcionamiento el Consejo Nacional de Defensa y Seguridad, conformará la Dirección 'Nacional de Investigación e Inteligencia como ente encargado de ejecutar las políticas públicas que en materia de Defensa y Seguridad establezca...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba