Resolución No. 3-2024

Fecha de publicación12 Agosto 2024
SecciónA
4
La Gaceta
A.
Sección A Acuerdos y Leyes
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 12 DE AGOSTO DEL 2024 No. 36,610
SEGUNDO: Comunicar esta Resolución al Poder Ejecutivo,
por medio de la Secretaría de Estado en
los Despachos de Relaciones Exteriores y
Cooperación Internacional, para los efectos
del trámite legal correspondiente.
TERCERO: La presente Resolución surte efecto, desde
el momento de su aprobación y debe ser
publicada en el Diario Ocial “La Gaceta”.
Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los
Treinta y Uno días del mes de Julio de Dos Mil Veinticuatro.
LUIS ROLANDO REDONDO GUIFARRO
PRESIDENTE
LUZ ANGÉLICA SMITH MEJÍA
SECRETARIA
LINDA FRANCÉS DONAIRE PORTILLO
SECRETARIA
Por Tanto: Publíquese.
EL CONGRESO NACIONAL,
Reunido el Congreso Nacional, a los treinta días del mes
de Julio del año 2024, en el Pleno de la Cámara Legislativa,
para emitir Resolución sobre la misiva enviada a este Poder
del Estado, por la Secretaría de Estado en los Despachos de
Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, orientada
a presentar a este Poder del Estado, la solicitud que a su vez
le fuere presentada por parte de la República de Francia,
contraída a conceder permiso al ciudadano hondureño
TITO EVER SERRANO, para que pueda ostentar el cargo
de Cónsul Honorario en representación de la República de
Francia, ante el Estado de Honduras, en la ciudad de Copán
Ruinas.
CONSIDERANDO: Que el Poder Ejecutivo, por medio
de la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones
Exteriores y Cooperación Internacional, mediante su Ocio
No.017-DGAC-2023, remitió a este Poder del Estado,
conforme a Derecho, solicitud formal para que se conceda
el permiso relacionado en el párrafo precedente, la cual fue
conocida por esta Augusta Cámara Legislativa.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido
en el Artículo 205 Atribución 17) de la Constitución de la
República, que le otorga la atribución de conceder permiso a
los hondureños para aceptar cargos de otro Estado; asimismo,
los artículos 82 y 24 numeral 9) de la Ley Orgánica del Poder
Poder Legislativo
RESOLUCIÓN No.3-2024

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