Acuerdo C.D. SENASA 001-2024

2
La Gaceta
A.
Sección A Acuerdos y Leyes
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 2 DE ABRIL DEL 2024 No. 36,498
DIARIO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS
DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA
PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES
EDIS ANTONIO MONCADA
Gerente General
SULY YADIRA ANDRADE GUTIERREZ
Coordinadora y Supervisora
EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS
E.N.A.G.
Colonia MirafIores
Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821
Administración: 2230-3026
CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
La Gaceta
ACUERDA:
PRIMERO: Delegar en el Subsecretario de Cacultura; de
la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y
Ganadería, ciudadano CARLOS ROBERTO MURILLO
TEJADA, nombrado mediante Acuerdo Ejecutivo No.
246-2023, de fecha veintiséis (26) de octubre del año dos
mil veintitrés (2023), las atribuciones que en cuanto a
Ley corresponden al titular de ésta Secretaría de Estado,
quedando autorizado el delegado a sustituirla y representarla
en todo aquello que corresponda, así como las reuniones que
convoque la Excelentísima señora Presidenta de la República
o quien quede facultado en dicho cargo; como Secretario
de Estado, por Ley durante el período comprendido
del dieciocho (18) al veintidós (22) de marzo del dos mil
veinticuatro (2024).
SEGUNDO: El presente acuerdo es de ejecución inmediata
y deberá ser publicado en el Diario Ocial “La Gaceta”.-
CÚMPLASE Y COMUNÍQUESE.
LAURA ELENA SUAZO TORRES
SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
LORENZO CONCEPCIÓN FIGUEROA AYALA
SECRETARIA GENERAL
ACUERDO DE DELEGACIÓN No. SAG-078-2024
Servicio Nacional de
Sanidad e Inocuidad
Agroalimentaria
ACUERDO C.D. SENASA 001-2024
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL SERVICIO NACIONAL
DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA.
CONSIDERANDO: Que corresponde al Servicio Nacional
de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA), la
formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las
políticas sobre producción, conservación y comercialización
de alimentos; la modernización de la agricultura y la ganadería,
la pesca, la acuicultura, la apicultura y la sanidad animal, entre
otras atribuciones.
CONSIDERANDO: Que es función del Estado proteger
y preservar el patrimonio agropecuario nacional, mediante
el establecimiento de normas técnicas, administrativas y
jurídicas que contribuyan a este n.
CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo número
PCM-015-2020, publicado en la Gaceta número 35,361 de
fecha 3 de septiembre del 2020, se crea el Servicio Nacional
de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA), como
ente de seguridad nacional, desconcentrado de la Secretaría
de Agricultura y Ganadería (SAG), ejerciendo su competencia

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR