Acuerdo STLCC No. SG-2023

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A.
E
MPRESA NACIONAL DE ARTES G
RÁFICAS
E.N.A.G.
Sección A
AÑO CXLVI TEGUCIGALPA, M. D. C., HONDURAS, C. A. LUNES 25 DE MARZO DEL 2024. NUM. 36,494
SUMARIO
Sección A
Decretos y Acuerdos
SECRETARÍA DE TRANSPARENCIA
Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN
Acuerdos STLCC No. 022-SG-2023,
023-SG-2023
A. 1-104
Sección B
Avisos Legales B. 1 - 20
Desprendible para su comodidad
Secretaría de Estado
en los Despachos de
Transparencia y Lucha
Contra la Corrupción
ACUERDO STLCC No. 022-SG-2023
Tegucigalpa, M.D.C., 28 de Julio de 2023
GUÍA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL MARCO
RECTOR DEL CONTROL INTERNO INSTITUCIONAL
DE LOS RECURSOS PÚBLICOS (MARCI) EN LAS
MUNICIPALIDADES Y MANCOMUNIDADES
CONSIDERANDO: Que la Secretaría de Transparencia
y Lucha Contra la Corrupción (STLCC), es una Secretaría
de Estado perteneciente al Poder Ejecutivo, constituida
mediante Decreto Ejecutivo PCM 05-2022, publicado en
el Diario ocial La Gaceta No. 35,892 en fecha 06 de abril
del 2022. Institución pública que tiene la nalidad principal
de prevenir y combatir la corrupción, en el ejercicio de la
función administrativa del Estado en apego a las directrices
provenientes de la Presidencia de la República.
CONSIDERANDO: Que la STLCC es la Secretaría de
Estado encargada de lo concerniente al diseño, promoción,
coordinación, supervisión y evaluación de las políticas y
estrategias anticorrupción relacionadas con la transparencia,
prevención y rendición de cuentas en Honduras, con el objeto
de fomentar las prácticas del buen gobierno, impulsando la
interacción constructiva entre las autoridades mediante el
fortalecimiento de procesos.
CONSIDERANDO: Que la Ocina Nacional de Desarrollo
Integral del Control Interno (ONADICI), mediante Decreto
Ejecutivo PCM 26-2007 publicado en el Diario ocial La
Gaceta No 31,462 en fecha 20 de Noviembre del 2007. Está
constituido como un organismo técnico especializado del
Poder Ejecutivo, adscrito a la Secretaría de Transparencia y
Lucha Contra la Corrupción (STLCC), y según su ámbito de
competencia podrá interrelacionarse con el control interno de
la administración municipal; fungirá como órgano del Sistema
Nacional de Control de los Recursos Públicos e informará
jerárquicamente al Presidente de la República.
CONSIDERANDO: Que ONADICI en el ejercicio de sus
funciones desarrolla normativa técnica especíca de control
interno, por lo que basado en estas atribuciones elaboró la
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La Gaceta
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Sección A Acuerdos y Leyes
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 25 DE MARZO DEL 2024 No. 36,494
DIARIO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS
DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA
PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES
EDIS ANTONIO MONCADA
Gerente General
SULY YADIRA ANDRADE GUTIERREZ
Coordinadora y Supervisora
EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS
E.N.A.G.
Colonia MirafIores
Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821
Administración: 2230-3026
CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
La Gaceta
Guía para la Implementación del Marco Rector del Control
Interno Institucional de los Recursos Públicos (MARCI) en las
Municipalidades y Mancomunidades, en consonancia con las
Normas Rectoras de Control Interno, emitidas por el Tribunal
Superior de Cuentas (TSC).
CONSIDERANDO: Que la Asociación de Municipios de
Honduras (AMHON) es una entidad civil, representante de
las autoridades municipales a nivel nacional, encargada de
promover la autonomía y democracia municipal, impulsar la
modernización de la gestión pública, fomentar el desarrollo
integral de los municipios, fortalecer el gobierno local, incidir
en los órganos del Estado para la elaboración de políticas,
planes y programas que contribuyan al desarrollo municipal
y promover proyectos de ley en benecio de los intereses
comunes de los municipios.
CONSIDERANDO: Que la STLCC y la AMHON celebraron
en fecha once (11) de enero de dos mil veintitrés (2023) un
Convenio Marco de Cooperación, con el objetivo de articular
esfuerzos que contribuyan al fortalecimiento de la función
administrativa en los gobiernos locales del país, en procura
de crear bases sólidas para que las municipalidades alcancen
altos estándares de transparencia, prácticas anticorrupción,
modernización, control interno municipal y rendición
de cuentas, a través de la implementación de estrategias
multisectoriales, formación ético-administrativa, análisis del
marco legal y asistencia técnica.
CONSIDERANDO: Que las MUNICIPALIDAD es el
órgano de gobierno y administración del Municipio y existe
para lograr el bienestar de los habitantes, promover su
desarrollo integral y la preservación del medio ambiente, con
las facultades otorgadas por la Constitución de la República
y demás leyes.
CONSIDERANDO: Que según lo establecido en el artículo
5, numeral 4 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de
Cuentas, “son sujetos pasivos de la ley, por tanto, están
sujetos a sus disposiciones: La Administración Pública
descentralizada, incluyendo las autónomas, semiautónomas
y municipalidades.
CONSIDERANDO: En fecha 13 de julio de 2007 mediante
Acuerdo Administrativo TSC No 002/2007 del Tribunal
Superior de Cuentas se aprueba el Reglamento de creación del
Sistema de Control de los Recursos Públicos (SINACORP),
que es aplicable a todos los sujetos pasivos de la Ley Orgánica
del Tribunal Superior de Cuentas (LOTSC).
CONSIDERANDO: Que el Marco Rector de Control Interno
Institucional de los Recursos Públicos (MARCI), actualizado
mediante la publicación en el Diario Ocial La Gaceta No.
35,795 de fecha 11 de Diciembre del 2021, adecuadamente
implementado por los servidores públicos, desde las más
altas autoridades y directivos es uno de los elementos más
ecaces para el logro de los objetivos institucionales con ética,
eciencia, ecacia, economía, transparencia y cuidado del
ambiente, así como para prevenir e identicar oportunamente
errores, irregularidades y actos de corrupción.
CONSIDERANDO: Que el Comité de Control Institucional
(COCOIN) es un órgano colegiado de apoyo a la Máxima
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Sección A Acuerdos y Leyes
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Autoridad Ejecutiva (MAE) de la Municipalidad, cuyo
objetivo principal es contribuir a la eficaz y eficiente
implementación, mantenimiento y mejora continua del control
interno institucional; siendo para ello una importante instancia
de coordinación, asesoramiento, consulta y seguimiento
oportuno del control interno.
CONSIDERANDO: Que la construcción y el correcto
funcionamiento de un Estado moderno, integral y transparente
exige un trabajo coordinado entre la administración pública,
reconociendo la existencia de relaciones con auténticas
implicaciones jurídicas, en favor del desarrollo de la sociedad,
bajo los principios de solidaridad humana, transparencia,
veeduría social y participación ciudadana, representando
pilares fundamentales para la construcción de la democracia
y el fortalecimiento de la transparencia.
CONSIDERANDO: Que es necesario la emisión de normas
para mejorar los procedimientos, medidas, recomendaciones
para la aplicación de los sistemas de control interno del
Tribunal Superior de Cuentas (TSC).
CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo
Ejecutivo No. 299-2022 de fecha 07 de abril del 2022,
se nombró al ciudadano Ángel Edmundo Orellana
Mercado como Secretario de Estado en los Despachos de
Transparencia y Lucha Contra la Corrupción, con facultades
sucientes para emitir y ejecutar los actos administrativos
necesarios y pertinentes para el ejercicio de sus funciones.
POR TANTO: En uso de las facultades investidas y en
aplicación de los artículos 371 de la Constitución de la
República de Honduras, Artículo 5 de la Ley Orgánica del
Tribunal Superior de Cuenta, Acuerdo Administrativo TSC No
002/2007 del Tribunal Superior de Cuentas, el Marco Rector
de Control Interno Institucional de los Recursos Públicos
(MARCI), actualizado mediante la publicación en el Diario
Ocial La Gaceta No. 35,795 de fecha 11 de Diciembre del
2021, Decreto Ejecutivo PCM 05-2022, publicado en el Diario
Ocial La Gaceta No. 35,892 y Decreto Ejecutivo PCM 26-
2007 publicado en el Diario Ocial La Gaceta No. 31,462.
ACUERDA:
PRIMERO: Aprobar en todas y cada una de sus partes la
GUÍA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL MARCO
RECTOR DEL CONTROL INTERNO INSTITUCIONAL
DE LOS RECURSOS PÚBLICOS (MARCI) EN LAS
MUNICIPALIDADES Y MANCOMUNIDADES, misma que
se adjunta en este Acuerdo. Dicha guía podrá ser adaptada,
adoptada y aplicada por todas las Municipalidades y
Mancomunidades de Honduras.
Dado en las ocinas de la STLCC, en la ciudad de Tegucigalpa,
municipio del Distrito Central, a los veintiocho (28) días del
mes de julio del año dos mil veintitrés (2023).
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.
ANGEL EDMUNDO ORELLANA MERCADO
SECRETARIO DE ESTADO
Secretaría de Transparencia y Lucha
Contra la Corrupción
ELMA ILEANA GONZALEZ ORDOÑEZ
SECRETARIA GENERAL
Secretaría de Transparencia y Lucha
Contra la Corrupción

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