Certificación Acuerdo Número 011-SEP-2024

1
A.
E
MPRESA NACIONAL DE ARTES G
RÁFICAS
E.N.A.G.
Sección A
AÑO CXLVI TEGUCIGALPA, M. D. C., HONDURAS, C. A. MIÉRCOLES 24 DE ABRIL DEL 2024. NUM. 36,517
SUMARIO
Sección A
Decretos y Acuerdos
PODER EJECUTIVO
Certificación, Acuerdo Número
011-SEP-2024
PODER EJECUTIVO
Decreto No. 37-2024
A. 1 - 15
A. 15-16
Sección B
Avisos Legales B. 1 - 28
Desprendible para su comodidad
Poder Ejecutivo
CERTIFICACIÓN, ACUERDO NÚMERO 011-SEP-2024
El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en
el Despacho de la Presidencia, Certica el Acuerdo Número
011-SEP-2024, de fecha veinticinco de enero del año dos mil
veinticuatro (25.01.2024) que literalmente dice:
“ACUERDO NÚMERO 011-SEP-2024.- EL SECRETARIO
DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA,
CONSIDERANDO: Que las Secretarías de Estado son
órganos de la Administración General del País y dependen
directamente del Presidente de la República. Las Secretarías
de Estado tienen las competencias que, de conformidad a la
Constitución, la Ley o los Reglamentos les señalen según está
establecido en el artículo 28 y 29 de la Ley General de la
Administración Pública y, cada Secretaría de Estado estará a
cargo de un Secretario de Estado, artículo 30 de la precitada
ley.- CONSIDERANDO: Que según el artículo 31 la Ley
General de la Administración Pública, en cada Secretaría de
Estado habrá una Gerencia Administrativa, la que tendrá a su
cargo, entre otras, funciones de administración presupuestaria,
la administración de los recursos humanos y de los materiales
y servicios generales, incluyendo la función de compras y
suministros.- CONSIDERANDO: Que son atribuciones y
deberes comunes a los Secretarios de Estado, ejercer la
superior administración, dirección, inspección y resguardo de
los bienes muebles e inmuebles y valores asignados a la
Secretaría de Estado, emitir los Acuerdos y Resoluciones en
los asuntos de su competencia, autorizar con su rma, previo
el cumplimiento de las disposiciones legales aplicables, los
contratos relacionados con asuntos propios de la Secretaría
de Estado, cuyo valor no exceda las cantidades prescritas en
las leyes presupuestarias, así como la suscripción de los actos
y correspondencia del Despacho a su cargo, según se relaciona

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