Circular CNBS N° SBO No.012/2022, de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, 2022

Número de circularSBO No.012/2022
Año2022
Fecha07 Diciembre 2022
7 de diciembre de 2022
Señores
INSTITUCIONES NO BANCARIAS DE DINERO ELECTRÓNICO,
ASTRA HONDURAS, S.A. DE C.V.
SERVICIOS DIGITALES GÜIP, S.A.
Toda la República
CIRCULAR SBO No.12/2022
Estimados Señores:
Hacemos referencia a las disposiciones aprobadas por la Comisión Nacional de Bancos y
Seguros, mediante Resolución GRD No.746/25-11-2022, para prevenir el uso inadecuado de
los productos y servicios financieros en el d elito de la extorsión, en el marco del Plan Nacional
Integral contra la Extorsión.
En ese sentido, respecto a las transacciones de envío y recepción de dinero que se realice n por
medio del producto Billeteras Electrónicas”, que deben reportarse a la Comisión Nacional de
Bancos y Seguros por parte de las Instituciones No Bancarias de Dinero Electrónico (INDEL) y
Entidades Proveedoras de Servicio de Pago Electrónico (EPSPE) autorizadas o en proceso de
adecuación; se hace de su conocimiento que la Gerencia de Tecnologías de Información y
Comunicaciones ha desarrollado el Sistema Capturador mediante el cual se deberá realizar
dicho reporte de información, el cual a partir de esta fecha, se encuentra disponible para las
Instituciones antes indicadas, en el Sistema de Interconexión Financiera.
Asimismo, para tales efectos, se adjunta a la presente Circular, el Manual de Reporte de Datos
de dicho Capturador, el cual describe la estructura de información, descripción de los campos,
campos obligatorios y otros aspectos técnicos que deben ser considerados para el envío de la
información.
El primer e nvío de información deberá realizarse con las transacciones correspondientes a los
días 30 y 31 de diciembre de 2022 y 1 de enero de 2023; a más tardar el 2 de enero de 2023.
Para los días subsiguientes, la fecha máxima de reporte será antes de las 23:59 horas del día hábil
siguiente a la fecha de reporte. Las transacciones correspondientes a los sábados, domingos y
días inhábiles serán reportadas el día siguiente hábil.
Atentamente,
EVIN A. ANDRADE
Superintendente
EAA/MC

Gerencia de Riesgos

Gerencia de Regulación, Investigación y Desarrollo

Gerencia de Tecnologías de Información y Comunicaciones.

Unidad de Inteligencia Financiera

Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras

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