Decreto Ejecutivo Número PCM 02-2024

1
A.
E
MPRESA NACIONAL DE ARTES G
RÁFICAS
E.N.A.G.
Sección A
AÑO CXLVI TEGUCIGALPA, M. D. C., HONDURAS, C. A. MIÉRCOLES 6 DE MARZO DEL 2024. NUM. 36,478
SUMARIO
Sección A
Decretos y Acuerdos
PODER EJECUTIVO
Decreto Ejecutivo Número PCM 02-2024
SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS
DESPACHOS DE GOBERNACIÓN,
JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN
Acuerdos Ejecutivos Nos. 73-2024,
74-2024
A. 1 - 7
A. 7 - 8
Sección B
Avisos Legales B. 1 - 36
Desprendible para su comodidad
Poder Ejecutivo
DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM 02-2024
LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL
DE LA REPÚBLICA EN CONSEJO DE
SECRETARIOS DE ESTADO,
CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República
establece que la Presidenta Constitucional tiene a su cargo
dirigir la política general del Estado, así como emitir los
Acuerdos, Decretos, expedir reglamentos y resoluciones
conforme a Ley (artículo 245 numerales 2) y 11)).
CONSIDERANDO: Que la Ley General de la Administración
Pública, establece que la Presidenta de la República tiene
a su cargo la suprema dirección y coordinación de la
Administración Pública Centralizada y Descentralizada,
pudiendo en el ejercicio de sus funciones, actuar por sí o en
Consejo de Ministros (artículo 11).
CONSIDERANDO: Que de acuerdo a lo establecido en
la Ley General de la Administración Pública, la creación,
modicación o suspensión de los organismos o entidades
desconcentradas solamente puede ser hecha por la
Presidencia de la República en Consejo de Secretarios de
Estado (artículo 4).
CONSIDERANDO: Que de conformidad a la Ley General
de la Administración Pública, la Presidenta de la República
tiene la facultad de organizar su gabinete, para ello puede
nombrar Secretarios de Estado a cargo de una responsabilidad
general o para la cooperación de sectores que comprendan
una o más Secretarías de Estado, entidades descentralizadas,
desconcentradas, programas, proyectos, empresas o servicios
públicos (artículo 12).
CONSIDERANDO: Que la Ley General de la Administración
Pública determina que para coordinar todo lo relativo a la

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