Diario Oficial de la República de Honduras del 16 de Febrero de 2024 - Sección B

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La Gaceta
B.
Sección B Avisos Legales
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 16 DE FEBRERO DEL 2024 No. 36,462
Sección “B”
Comisión Nacional de Bancos y Seguros
Tegucigalpa, M.D.C., Honduras
CERTIFICACIÓN
La infrascrita Secretaria General de la Comisión Nacional de
Bancos y Seguros CERTIFICA la parte conducente del Acta
de la Sesión No.1776 celebrada en Tegucigalpa, Municipio
del Distrito Central el veintiséis de enero de dos mil
veinticuatro, con la asistencia de los Comisionados MARCIO
GIOVANNY SIERRA DISCUA, Presidente; ALBA LUZ
VALLADARES OCONNOR, Comisionada Propietaria;
ALEX LARA ENAMORADO, Superintendente de
Seguros, designado por el Presidente para integrar la
Comisión en calidad de Comisionado Suplente por
disposición del Artículo 2 de la Ley de la Comisión Nacional
de Bancos y Seguros; ANA GABRIELA AGUILAR
PINEDA, Secretaria General; que dice: “... 5. Asuntos de la
Gerencia de Estudios Económicos, Regulación,
Competencia e Innovación Financiera: ... literal c) ...
RESOLUCIÓN GEE No.046/26-01-2024.- La Comisión
Nacional de Bancos y Seguros, CONSIDERANDO (1):
Que la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, mediante
Providencia SEGSE-PV-1246/2023 del 19 de junio de 2023,
tuvo por recibido el escrito intitulado "SE SOLICITA
AUTORIZACIÓN PARA MODIFICAR LA ESCRITURA
SOCIAL Y LOS ESTATUTOS SOCIALES DE BANCO DE
HONDURAS, S.A.- SE ADJUNTAN LOS DOCUMENTOS
Y PODER REFERIDOS EN EL ESCRITO.", suscrito por el
Abogado José Ramón Paz Morales, en su condición de
Apoderado Legal de BANCO DE HONDURAS, S.A.,
mediante el cual solicita autorización para la modicación
de la Escritura de Constitución y Estatutos Sociales, de
conformidad con las reformas al Reglamento de Gobierno
Corporativo para las Instituciones Supervisadas.
CONSIDERANDO (2): Que la solicitud presentada por
BANCO DE HONDURAS, S.A., tendente a obtener
autorización para efectuar reformas a su Escritura de
Constitución y Estatutos Sociales, se fundamenta en lo
establecido en el Artículo 12 de la Ley del Sistema Financiero,
el cual reere que toda modicación de la escritura pública
de constitución y de los estatutos de las instituciones sujetas
a esa Ley, requerirán autorización de la Comisión Nacional
de Bancos y Seguros. Asimismo, el referido Artículo señala
que para nes de otorgamiento y registro de las escrituras se
seguirá lo descrito en el Artículo 9 de la Ley del Sistema
Financiero y deberá publicarse en el Diario Ocial "La
Gaceta" y en dos (2) diarios de circulación nacional. De igual
manera, la solicitud de mérito atiende lo establecido en la
Circular CNBS No.015/2022 del 4 de octubre de 2022,
mediante la cual esta Comisión comunicó a las Instituciones
Supervisadas la Resolución GRD N0.638/03-10-2022
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La Gaceta
B.
Sección B Avisos Legales
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 16 DE FEBRERO DEL 2024 No. 36,462
contentiva de las reformas al Reglamento de Gobierno
Corporativo para las Instituciones Supervisadas, publicado
en el Diario Ocial La Gaceta· No.36,057 del 22 de octubre
de 2022. CONSIDERANDO (3): Que la solicitud de
autorización para efectuar reformas a la Escritura de
Constitución y Estatutos Sociales de BANCO DE
HONDURAS, S.A., fue aprobada en el Acta de la Asamblea
General Extraordinaria de Accionistas celebrada el 11 de
octubre de 2023, con el propósito de actualizar la Escritura
de Constitución y Estatutos Sociales para cumplir con los
nuevos aspectos regulatorios y legales del nuevo Reglamento
de Gobierno Corporativo para las Instituciones Supervisadas
y adicionalmente en las reformas se incluyeron modicaciones
para actualizar aspectos de la realidad administrativa y
tecnológica del Banco. Lo anterior, según lo contemplado en
el Instrumento Público No.24 correspondiente a la
celebración de dicha Asamblea. CONSIDERANDO (4):
Que derivado del análisis preliminar efectuado a la
documentación presentada se determinó que la solicitud de
mérito debía ser subsanada, por lo que con el n de contar
con los elementos de juicio sucientes para emitir el dictamen
correspondiente, mediante Noticación Electrónica de
Providencia SEGSE-NE-893/2023, noticada el 13 de
septiembre de 2023, se requirió a BANCO DE HONDURAS,
S.A., a través de su Apoderado Legal, para que en el término
máximo de diez (10) días hábiles siguientes a dicha
noticación, subsanara su solicitud en el sentido de presentar
la Certicación del Acta de la Asamblea Extraordinaria de
Accionistas del Banco, celebrada el 6 de junio de 2023 y
revisar el Proyecto de reformas de la Escritura de Constitución
y Estatutos Sociales. CONSIDERANDO (5): Que en virtud
de los anterior, mediante Providencia SEGSE-PV-2126-2023
del 28 de septiembre de 2023, tuvo por recibido el escrito
intitulado "SE SOLICITA PRÓRROGA DE PLAZO" de la
misma fecha, suscrito por el Abogado José Ramón Paz
Morales, en su condición de Apoderado Legal de BANCO
DE HONDURAS, S.A., en las diligencias contentivas de la
solicitud de autorización para la modicación de la Escritura
de Constitución y Estatutos Sociales. Está Comisión
mediante Ocio GEEGE-NO-123/2023 de fecha 13 de
octubre de 2023, concedió el término de cinco (5) días
hábiles para que subsane su solicitud. En respuesta, el
Apoderado Legal presentó en fecha 23 de octubre de 2023,
el escrito intitulado "MANIFESTACIÓN", con el n de dar
cumplimiento a los requerimientos de subsanación
noticados por este Ente Supervisor. CONSIDERANDO
(6): Que el Dictamen Técnico SBOUA-ME-1072/2023 de
fecha 31 de octubre de 2023, emitido por la Superintendencia
de Bancos y Otras Instituciones Financieras, concluye que es
procedente declarar por subsanados el requerimiento descrito
en el numeral 2.1 de la Noticación Electrónica de
Providencia SEGSE-NE-893/2023 noticado a BANCO DE
HONDURAS, S.A; y, en lo que respecta a las demás
subsanaciones señaladas en la Noticación Electrónica de

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