Diario Oficial de la República de Honduras del 19 de Marzo de 2024 - Sección B

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La Gaceta
B.
Sección B Avisos Legales
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 19 DE MARZO DEL 2024 No. 36,489
Sección “B”
Aviso de Licitación Privada
PROCURADURÍA GENERAL DE LA
REPÚBLICA
"PGR"
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
No. LPN-PGR-001-2024
“ADQUISICIÓN DE FLOTA DE VEHÍCULOS
PARA LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA
REPÚBLICA Y EL PROYECTO PADRE ANDRÉS
TAMAYO”.
La PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
“PGR”, invita a las empresas interesadas en participar en
la Licitación Pública Nacional No. LPN-PGR-001-2024
a presentar ofertas selladas para: “ADQUISICIÓN DE
FLOTA DE VEHÍCULOS PARA LA PROCURADURÍA
GENERAL DE LA REPÚBLICA Y EL PROYECTO
PADRE ANDRÉS TAMAYO”
El nanciamiento para la realización del presente
proceso proviene de FONDOS NACIONALES.
La licitación se efectuará conforme a los procedimientos
de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en
la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
Los interesados podrán adquirir los documentos de la
presente licitación, mediante solicitud escrita a: Nombre
de la LICDA. GLADYS NOHEMÍ A
VILEZ TOMÉ,
Directora de Administración y Finanzas de la PGR,
en el edicio PGR residencial El Trapiche, calle
principal, cuarto nivel. Los documentos de la
licitación o pliegos de condición también podrán
ser examinados en el Sistema de Información de
Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras,
"HonduCompras",
(www.honducompras.gob.hn), los
cuales estarán disponibles a partir de la fecha 13 de
febrero al 15 de marzo del 2024 para adquirirlos.
Las ofertas deberán presentarse a la Ocina de la
Dirección de Administración y Finanzas, edicio PGR,
residencial El Trapiche, cuarto nivel, a más tardar a las
dos (2) de la tarde en punto (2:00 p.m.), el día 02 de
abril del 2024. Las ofertas que se reciban fuera de este
plazo serán rechazadas. Las ofertas que se reciban se
abrirán en presencia de los oferentes que deseen asistir
en la dirección indicada a las 2:15 p.m. el 02 de abril
del 2024. Todas las ofertas deberán estar acompañadas
de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el
valor y la forma establecidos en los documentos de la
licitación.
Tegucigalpa, M.D.C., 29 de febrero del 2024.
MANUEL ANTONIO DIAZ GALEAS
PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA
19 M. 2024
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La Gaceta
B.
Sección B Avisos Legales
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 19 DE MARZO DEL 2024 No. 36,489
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de
la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos
legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha
treinta y uno (31) de enero de dos mil veinticuatro (2024),
compareció a este Juzgado el abogado GUILLERMO
SAMIR PEÑA JIMÉNEZ, actuando en su condición de
representante procesal de la señora, MIRNA ELIZABETH
AGUILAR GALÁN, interponiendo demanda en materia de
personal con orden de ingreso 0801-2024-00118, contra el
Estado de Honduras a través de la SECRETARIA DE LA
PRESIDENCIA. Para que se declare la nulidad de un acto
administrativo de carácter particular de la administración
pública, consistente en el Acuerdo de Cancelación número
No. 005-A-SEP-2024, de fecha 12 de enero de 2024, emitido
por la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia,
generando un acto ilegal y desapegado completamente
a derecho por lo cual es nulo, separando a un servidor
totalmente de manera arbitraria e ilegal, exceso y desviación
de poder, quebrantamiento a formalidades esenciales,
infracción al ordenamiento jurídico, para que se reconozca
una situación jurídica individualizada se proceda en realizar
el reintegro, pago de salarios caídos y se restituyan demás
derechos laborales, noticación defectuosa, todo hasta la
efectiva sentencia rme, se adjuntan documentos, poder,
costas.
ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ
SECRETARIO ADJUNTO
19 M. 2024 _________
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para
los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
Que en fecha dieciocho (18) de agosto de dos mil
veintidós (2022), compareció a este Juzgado el abogado
GUILLERMO SAMIR PEÑA JIMENEZ, en su
condición de Representante Procesal de la señora; ELENA
CRUZ GARCÍA, interponiendo demanda en materia de
personal con orden de ingreso 0801-2022-01126, contra el
Estado de Honduras a través de LA SECRETARIA DE
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. Para que se declare
la nulidad de un acto administrativo de carácter particular
de la administración pública, consistente en el Acuerdo de
Cancelación No.STSS-439-2022, de fecha 29 de julio del
2022, emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho
de Trabajo y Seguridad Social, generando un acto ilegal y
desapegado completamente a derecho por lo cual es nulo e
ilegal separando a una servidora totalmente de manera ilegal,
con exceso y desviación de poder, infracción al ordenamiento
jurídico, quebrantamiento de formalidades esenciales, se
reconozca una situación jurídica individualizada y el pago
de indemnizaciones y demás derechos que se reconozca
según ley desde el momento de la cancelación injusta hasta
sentencia rme, poder, documentos, costas.
ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ
SECRETARIO ADJUNTO
19 M. 2024 _________
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la ley de
esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 31 de
enero del año 2024 comparece el Abogado Elvin Ruben
Gomez Banegas representante procesal de la señora Angie
Lorena Perez Varela, interpuso demanda ante este Juzgado
con orden de ingreso No.0801-2024-00114, contra el Estado
de Honduras a través de la Secretaría de Salud se interpone
demanda ordinaria en materia personal para que se declare
la ilegalidad y la nulidad absoluta de un acto administrativo
de carácter particular emitido por la Secretaría de Salud.
Publica según Acuerdo de Cancelación No.082-2024.
Quebrantamiento de formalidades esenciales y exceso de
poder. Se reconozca una situación jurídica individualizada y
se adopten las medidas necesarias para su restablecimiento
como ser el reintegro en el cargo que desempeña a uno de
igual o mejor categoría, los tercero y demás conquistas
laborales. Indemnización de daños y perjuicios.
MARGARITA ALVARADO GALVEZ
SECRETARIA ADJUNTA
19 M. 2024

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