Diario Oficial de la República de Honduras del 15 de Abril de 2024 - Sección B

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La Gaceta
B.
Sección B Avisos Legales
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 15 DE ABRIL DEL 2024 No. 36,509
Sección “B”
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras
AVISO
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta
(50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diez (10) de
junio del año dos mil veintidós (2022), compareció ante este
Juzgado la señora Claudia Clarisa Elvír Velásquez, incoando
demanda vía procedimiento especial en materia de personal,
contra el Estado de Honduras, a través de la Dirección General
de Regulación Predial del Instituto de la Propiedad, con orden
de ingreso No.0801-2022-00528, para que se declare la nulidad
de un Acto Administrativo en de carácter particular consistente en
el Acuerdo No. DGRP-DG-IP-059-2022, de fecha veinte (20) de
mayo del dos mil veintidós (2022), emitido por el Instituto de la
Propiedad.- Se declara la ilegalidad y su nulidad.- Se reconozca
la situación jurídica individualizada por el acto ilegal e injusto de
que ha sido objeto.- Se adoptan las medidas necesarias para su
pleno restablecimiento como ser: A) Restitución en el cargo con el
reconocimiento de 2 años de vacaciones no gozadas y el pago de
37 días pendientes por concepto de horas extras.- B) Pago de los
sueldos dejados de percibir a partir de la fecha de la cancelación
hasta que se produzca con el reintegro y demás benecios que
se pudieran otorgar durante la secuela del juicio.- Se acompañan
documentos.- Petición y poder.
ALAN MAURICIO MARTINEZ
SECRETARIO ADJUNTO
15 A. 2024 _________
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley
de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintinueve
(29) de agosto del dos mil veintitrés (2023), compareció ante
este Juzgado el Abogado JOSE SANTOS SAAVEDRA PAZ,
en su condición de representante procesal de los señores ELISA
MARIA VIVAS MURILLO y JOSE SAMUEL PALMA
ORDOÑEZ, incoando demanda en materia personal. Con
orden de ingreso número 0801-2023-00969, contra el Estado de
Honduras, a través de la ADMINISTRACION ADUANERA DE
HONDURAS, demanda en materia de personal para que se declare
la nulidad de unos actos administrativos de carácter particular
emitidos por la Administración Aduanera de Honduras, como ente
desconcentrado de la Presidencia de la República de Honduras.-
Se declare la ilegalidad y su nulidad.- Se reconozca la situación
jurídica individualizada por los actos ilegales e injustos que han
sido objeto mis representadas.- Se adopten las medidas necesarias
para el pleno restablecimiento como ser: A) Restitución al cargo;
y, B) Pago de los sueldos dejados de percibir a partir de la fecha
de las cancelaciones, tomado en cuenta el bono de vacaciones,
el bono por cumplimiento de meta, el pago del sueldo pagado a
los catorce (14) días de cada mes, pago de un (1) sueldo extra
anual y de cualquier aumento o benecio adicional que pudieran
darse durante el transcurso del juicio hasta la reinstalación.- Se
acompañan documentos.- Se acredita representación. Petición.
En relación a los actos impugnados Acuerdos de Cancelación
No. ADUANAS-DE-GNGTH-159-2023 y ADUANAS-DE-
GNGTH-156-2023, ambos de fecha 08 de agosto 2023.
ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE
SECRETARIA ADJUNTA
15 A. 2024 ________
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley
de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha treinta (30) de
noviembre del año dos mil veintidós, compareció a este Juzgado
la Abogada MARIA MARGARITA AGUILAR REDONDO
Quien actúa en condición de representante procesal del señor
JOSE RAMON PEREIRA PASCUA, incoando demanda
personal con orden de ingreso número 0801-2022-01907, contra
el Estado de Honduras, a través de Secretaría Salud. - "Para
que se declare la nulidad de un Acto Administrativo de carácter
particular en materia de personal, consistente en el Acuerdo de
Cancelación número 14472-2022, de fecha 10 de noviembre del
2022, noticada en fecha 14 de noviembre del 2022, emitido por
la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, por no haber sido
dictado conforme a derecho, e infringir el ordenamiento jurídico
establecido. - Que se declare la ilegalidad y su nulidad total. Que
se reconozca la situación jurídica individualizada y adoptar como
medidas necesarias para el pleno restablecimiento del derecho
infringido, el reintegro al puesto de trabajo de mi representado
en iguales o en mejores condiciones a las establecidas; pago
de salarios con sus incrementos y demás benecios dejados de
percibir en su ausencia, desde la fecha de su cancelación, hasta
la fecha en que se materialice el reintegro al puesto de trabajo
del cual fue cancelado por cesantía mi representado sin causa
justicada. Costas juicio.- Se acompañan documentos. Se acredita
representación.- En relación al Acuerdo de Cancelación No.
14472- 2022, de fecha 10 de noviembre del 2022. Y noticado
en fecha 14 de noviembre de 2022.
VIKY MONTOYA
SECRETARIA, POR LEY
15 A. 2024
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La Gaceta
B.
Sección B Avisos Legales
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 15 DE ABRIL DEL 2024 No. 36,509
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
El infrascrito, Secretario, por Ley del Juzgado de Letras
de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del
artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a
los interesados y para los efectos legales correspondientes,
HACE SABER: Que en fecha trece (13) de octubre del
año dos mil veintidós (2022), compareció ante este juzgado
la Abogada LESBIA NOHEMY DIAZ FLORES, en
su condición de Representante Procesal de la señora
ANA ISABEL DACCARETT GARCIA, interponiendo
demanda contencioso administrativo, vía procedimiento
especial en Materia Personal con orden de ingreso número
0801-2022-01616, contra el Estado de Honduras a través de
la SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACION
INTERNANCIONAL, para que se declare la ilegalidad
y nulidad de un Acto Administrativo de carácter particular
consistente en el ACUERDO DE CANCELACIÓN
No. 436-SRH-2022 de fecha 26 de agosto del año 2022 y
efectivo a partir del 16 de septiembre de 2022, por no ser
conforme a derecho, reconocimiento de una situación
jurídica individualizada, adopción de medidas necesarias
para el pleno restablecimiento del derecho subjetivo violado,
entre ellas se ordene su restitución al cargo de Ministro
Consejero de la representación diplomática de Honduras en
El Salvador; reconocimiento de la antigüedad en el servicio
diplomático y consular, quinquenios e índice inacionario
emitido por el Banco Central de Honduras desde la puesta
en vigencia del manual de puestos y salarios, desarraigo y
gastos de traslado más los intereses que dichas cantidades
resulten por indemnización por daños y perjuicios; pago de
honorarios profesionales de los salarios dejados de percibir,
costas procesales, profesionales y judiciales que resulten del
juicio.-
HAMELIN FANUEL ÁVILA GARCÍA
SECRETARIO, POR LEY
15 A. 2024
REPUBLICA DE HONDURAS
SECRETARIA DE AGRICULTURA Y GANADERIA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD
AGROLIMENTARIA DIRECCION TECNICA DE
SANIDAD VEGETAL
DEPARTAMENTO REGULATORlO DE INSUMOS
AGRlCOLAS
AVISO DE RENOVACION
DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES
Al comercio, agroindustria y público en general, y para
efectos de ley correspondiente se HACE SABER: que en esta
dependencia se ha presentado solicitud de RENOVACION
La Abg. MARIA LILIANA AGUlLAR
Actuando en representación de la empresa: SAMPOLK S.A.
Tendiente a que autorice la RENOVACION
Nombre Comercial: KASUGAMYCIN 70% TECH
Compuesto por los elementos: 70% KASUGAMYCIN
Grupo al que pertenece: ANTIBlOTICO
Toxicidad: 5
Estado Físico: SOLIDO
Tipo de formulación: Ingrediente activo grado técnico
(TC)
Formulador y País de Origen: ZHEJIANG CHEMICALS
IMPORT & EXPORT CORPORATION / CHINA
Tipo de Uso: FUNGICIDA
EXPSENASA No: 2209-3628
Cualquier interesado puede oponerse cuando existan
causales técnicas y/ o cientícas que demuestre la existencia
de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando
para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación
de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada.
Fundamento Legal: Ley Fitozoosanítaria, Decreto No.
157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de
Plaguicidas y Sustancias Anes, Acuerdo No. 642-98 y la
Ley Procedimiento Administrativos.
"ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A
PARTIR DE LA FECHA"
Tegucigalpa, M.D.C., viernes, 22 de marzo de 2024
Ing. Fredy Samuel Raudales
Jefe del Departamento Regulatorio
de Insumos Agrícolas
15 A. 2024

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