Acuerdo Ministerial No. 045-2024

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La Gaceta
A.
Sección A Acuerdos y Leyes
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 16 DE MARZO DEL 2024 No. 36,487
1 y 8; 116 y 118 de la Ley General de la Administración
Pública; artículos 6, 36, 37, 38, 46, 52 y 55 del Protocolo de
Guatemala y 26, 28, 40 y 41 del Reglamento de Organización
y Funcionamiento de los Consejos de Ministros de Integración
Económica, Intersectorial de Ministros de Integración y
Sectorial de Ministros de Integración Económica.
ACUERDA:
PRIMERO: Publicar de conformidad a lo establecido en el
Artículo 55 del Protocolo al Tratado General de Integración
Económica Centroamericana (Protocolo de Guatemala) el
presente Acuerdo contentivo de las disposiciones emitidas por el
Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO)
mediante la Resolución No. 479-2023 (COMIECO-EX); que
RESUELVE: 1. Aprobar las modicaciones parciales al
Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 65.05.54:15
FERTILIZANTES Y ENMIENDAS DE USO AGRÍCOLA.
REQUISITOS PARA EL REGISTRO, en la forma siguiente:
a. El numeral 5.1, NOTA 6: “5.1 NOTA 6. La
composición del fertilizante indicada en la etiqueta
debe ser concordante con lo declarado en el numeral
5.1. c.”
b. El numeral 5.2, literal a.8: “a.8 Si el producto contiene
nutrientes quelatados, identicar químicamente el
agente quelatante y su % en masa/volumen.”
c. El numeral 6.1, literal d.1.1: d. “d.1.1 Los componentes
deben expresarse en porcentajes masa/masa y
masa/volumen, según su estado físico, en su forma
elemental.”
d. El numeral 6.1, literal d.2: “d.2 Para enmiendas
inorgánicas debe expresarse la concentración mínima
garantizada de la siguiente forma:
d.2.1Carbonato de Calcio CaCO3………..…% m/m
d.2.2 Oxido de Calcio CaO……………………% m/m
d.2.3 Carbonato de Magnesio MgCO3….......% m/m
d.2.4 Oxido de Magnesio MgO……………..% m/m
d.2.5 Sulfato de Calcio CaSO4……………….% m/m
d.2.6. Porcentaje de humedad………………% m/m
d.2.7 Declaración de la presencia o ausencia de
metales pesados (Cadmio, Cromo, Arsénico, Mercurio
y Plomo) y su concentración máxima en partes
por millón (ppm) u otras substancias que puedan
transformarse en el suelo en metabolitos dañinos.”
e. La NOTA 12: “NOTA 12. La composición de la
enmienda indicada en la etiqueta debe ser concordante
con lo declarado en el numeral 6.1. c.”
f. El ANEXO 2 (Normativo) INFORMACION DE
ETIQUETADO PARA FERTILIZANTES Y
ENMIENDAS SÓLIDAS, Parte I INFORMACION
DE ETIQUETADO PARA FERTILIZANTES, literal
e): “e) Composición y concentración expresada en
porcentajes masa/masa.”
g. El ANEXO 2 (Normativo) INFORMACION
DE ETIQUETADO PARA FERTILIZANTES Y
ENMIENDAS SÓLIDAS, PARTE II INFORMACION
DE ETIQUETADO PARA ENMIENDAS, literal g):
“g) Composición y concentración expresada en
porcentajes masa/masa. Indicar los componentes y
sus porcentajes.”
h. El ANEXO 3 (Normativo) INFORMACION
DE ETIQUETADO PARA FERTILIZANTE Y
ENMIENDAS, numeral 5:

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