Circular CNBS No.004/2024, de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, 2024

Número de circularCNBS No.004/2024
Año2024
Fecha20 Febrero 2024
CIRCULAR CNBS No.004
Página No.1
Tegucigalpa, MDC
20 de febrero de 2024
INSTITUCIONES BANCARIAS DEL SISTEMA FINANCIERO
CIRCULAR CNBS No.004/2024
La infrascrita Secretaria General de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros CERTIFICA la
parte conducente del Acta de la Sesión No.1781 celebrada en Tegucigalpa, Municipio del
Distrito Central el dieciséis de febrero de dos mil veinticuatro, con la asistencia de los
Comisionados MARCIO GIOVANNY SIERRA DISCUA, Presidente; ALBA LUZ
VALLADARES OCONNOR, Comisionada Propietaria; ESDRAS JOSIEL SÁNCHEZ
BARAHONA, Comisionado Propietario; ANA GABRIELA AGUILAR PINEDA, Secretaria
General; que dice:
“… 2. Asuntos de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras: … literal e)
RESOLUCIÓN SBO No.089/16-02-2024.- La Comisión Nacional de Bancos y Seguros,
CONSIDERANDO (1): Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 13, numerales 1),
2) y 4) de la Ley de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, corresponde a este Ente
Supervisor revisar, verificar, controlar, vigilar y fiscalizar las instituciones supervisadas;
asimismo, dictar las normas que requieren las instituciones supervisadas para el cumplimiento
de su cometido, lo mismo que las normas prudenciales que deben cumplir éstas, basándose en
la legislación vigente y en los acuerdos y prácticas internacionales; cumplir y hacer cumplir la
Constitución de la República, las leyes generales y especiales, los reglamentos y resoluciones a
que están sujetas las instituciones supervisadas.
CONSIDERANDO (2): Que la Comisión Nacional de Bancos y Seguros mediante
RESOLUCIÓN GRD No.639/03-10-2022, publicada en el Diario Oficial La Gaceta No. 36,057
de fecha 22 de octubre de 2022, aprobó las “NORMAS PARA LA ELABORACIÓN DE LOS
PLANES PREVENTIVOS DE RECUPERACIÓN DE LAS INSTITUCIONES DEL
SISTEMA FINANCIERO”, relacionadas con el contenido mínimo de los Planes Preventivos
de Recuperación y Resolución de las Instituciones del Sistema Financiero, los que constituirán
un instrumento de monitoreo y control que permitirán a dicho Ente Supervisor adoptar las
medidas correctivas en una etapa de acción temprana, salvaguardando el interés público a través
de la estabilidad del sistema financiero nacional.
CONSIDERANDO (3): Que la Asociación Hondureña de Instituciones Bancarias (AHIBA),
mediante nota del 9 de junio de 2023, solicitó a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros
(CNBS), ampliar en cuatro (4) meses el plazo para la presentación de los primeros Planes
Preventivos de Recuperación solicitados a través de las NORMAS PARA LA
ELABORACIÓN DE LOS PLANES PREVENTIVOS DE RECUPERACIÓN DE LAS

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR