Decreto No. 58-2016
EL CONGRESO NACIONAL,
CONSIDERANDO: Que en fecha del mes de Julio del año 2014 el señor Emil Hawit Medrano en su condición de Gerente General de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), suscribió el Contrato de Suministro de Potencia y Energía Eléctrica Asociada entre la Empresa Nacional de Energía Eléctrica y Generadora Los Cerros, S.A. de C.V. con el señor Néstor Enrique Paz Macias en su condición de Gerente General de la Generadora Los Cerros, S.A. de C.V.
CONSIDERANDO: Que este tipo de Contrato contribuye al desarrollo y la generación de Energía Eléctrica con fuentes naturales limpias y sostenibles, asimismo, mejora la calidad de vida de la población evitando la contaminación al efecto invernadero y el deterioro del ambiente, además contribuye a fortalecer la inversión nacional y con el fin de continuar con el proceso de cambio de la matriz energética del país, de energía térmica a energía renovable, proceso que paulatinamente redundará en beneficio de la colectividad nacional.
CONSIDERANDO: Que de conformidad al Artículo 205 Atribución 19) de la Constitución de la República es potestad del Congreso Nacional, aprobar o improbar los contratos que lleven involucradas exenciones, incentivos y concesiones fiscales, o cualquier otro contrato que haya de producir o prolongar sus efectos al siguiente período de gobierno de la República.
POR TANTO,
DECRETA:
Aprobar en todas y cada una de sus partes, el CONTRATO No. 152-2014, que contiene el CONTRATO DE SUMINISTRO DE POTENCIA Y ENERGÍA ELÉCTRICA, enviado por el Poder Ejecutivo a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia, suscrito en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los tres días del mes de julio de dos mil catorce, entre el Licenciado Emil Mahfuz Hawit Medrano, Gerente General de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) y el Ingeniero Néstor Enrique Paz Maclas, en representación de la empresa GENERADORA LOS CERROS, S.A. DE C.V. (GENEC), para las instalaciones de la Planta JÍCARO II, localizado en el municipio de Tomalá, departamento de Lempira, con un monto de garantía de USD- 926,819.00 y una producción anual de energía no menos de 43,156.84 megavatios hora anuales y una potencia de 5.45 megavatios, que literalmente dice:
SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE ENERGÍA, RECURSOS NATURALES, AMBIENTE Y MINAS Contrato No. 142-2014 entre la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) y Generadora Los Cerros, S.A. de C.V. Tegucigalpa, Honduras 3 de julio de 2014.
TABLA DE CONTENIDO
SECCIÓN 1: ACUERDO CONTRACTUAL
A. Documentos del Contrato
B. Término del Contrato
C. Descripción General de la Planta
D. Fecha Programada de Inicio de Operación Comercial
E. Instalaciones de Interconexión, Punto de Entrega y Medición
F. Ampliación del Sistema Interconectado Nacional
G. Precio de Compra de Energía y Potencia
H. Comunicaciones entre las Partes
I. Compromiso de Venta al COMPRADOR
J. Monto de la Garantía
K. SIGLAS Y ABREVIATURAS
SECCIÓN 2: CONDICIONES GENERALES
CLÁUSULA 1 DEFINICIONES
1.1 Definiciones
CLÁUSULA 2 OBJETO DEL CONTRATO
2.1 Descripción General del Objeto del Contrato
2.2 Obligación de Construir, Operar y Mantener
2.3 Obligación de Compra y Venta
2.4 Compromiso de Despacho de Energía
2.5 Venta de Energía a Terceros
2.6 Compromiso de Energía
2.7 Compromiso de Transmisión
2.8 Obras de Ampliación del Sistema Interconectado Nacional
CLÁUSULA3 PERIODO ANTERIORALA OPERACIÓN COMERCIAL
3.1 Programa de Construcción
3.2 Comité Operativo y sus Facultades
3.3 Permisos
3.4 Errores y Discrepancias
CLÁUSULA 4 VIGENCIA, PLAZO Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO
4.1 Entrada en Vigencia
4.2 Puesta en Operación Comercial
4.3 Duración del Contrato
4.4 Prórroga
4.5 Terminación Anticipada del Contrato por Parte del COMPRADOR
4.5.1 Procedimiento de Terminación Anticipada del Contrato por Parte del COMPRADOR
4.6 Terminación Anticipada del Contrato por Parte del VENDEDOR
4.6.1 Procedimiento de Terminación Anticipada del Contrato por Parte del VENDEDOR
CLÁUSULA 5 DECLARACIONES, GARANTÍAS Y ACUERDOS
5.1 Leyes Aplicables
5.2 Propiedad Intelectual e Industrial
5.3 Nacionalidad de Empleados
5.4 Declaraciones y Garantías
5.4.1 Declaraciones y garantías del VENDEDOR
5.4.2 Declaraciones y Garantías del COMPRADOR
5.4.3 Cambios de información
CLÁUSULA 6 OPERACIÓN DE LAS INSTALACIONES
6.1 Reglas de Operación y Mantenimiento de la Planta
6.2 Procedimientos de Operación
6.3 Operador y Cambio de Operador
6.4 Pruebas de Funcionamiento
6.5 Otorgamiento de Permisos de Entrada
6.6 Dispositivos de Protección
6.7 Cambios que Afecten los Dispositivos de Protección
6.8 Consumibles
CLÁUSULA 7 INTERCONEXIÓN
7.1 Instalaciones de Interconexión
CLÁUSULA 8 MEDICIÓN
8.1 Sistema de Medición Comercial
8.2 Reparación y Reemplazo del Sistema de Medición
8.3 Lectura
CLÁUSULA 9 PRECIOS, FACTURACIÓN Y PAGOS
9.1 Obligación de Comprar el Suministro de Energía y Potencia
9.2 Pago del Suministro de Energía y Potencia
9.3 Pago por Suministro antes de la Fecha de Inicio de Operación Comercial
9.4 Cargo por Obras Financiadas por el VENDEDOR al
COMPRADOR (COF)
9.5 Otros Cargos Aplicables (OCA)
9.5.1 Indisponibilidad del SIN de Recibir Energía de la Planta
9.6 Forma de Pago y Facturación
9.6.1 Facturación y Pagos
9.6.2 Última Facturación al Terminar el Contrato
9.6.3 Intereses
9.7 Acuerdo de Apoyo
CLÁUSULA 10 PRUEBAS
10.1 Prueba de Capacidad Inicial
10.2 Protocolo de Pruebas
CLÁUSULA 11 SEGUROS
11.1 Seguros
CLÁUSULA 12 RESPONSABILIDAD, INCUMPLIMIENTO Y GARANTÍAS
12.1 Limitación de Responsabilidad
12.2 Indemnización por Multas y Cargos
12.3 Riesgo de Pérdida
12.3.1 Riesgo de Pérdida del VENDEDOR
12.3.2 Riesgo de Pérdida del COMPRADOR
12.4 Solidaridad
12.5 Ajuste por no alcanzar el Factor de Planta Anual
Garantizado
12.6 Cálculo de Penalidades y su Pago
12.7 Garantía de Cumplimiento
CLÁUSULA 13 FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO
13.1 Aplicación de Fuerza Mayor o Caso Fortuito
13.2 Deber de Probar
13.3 Efecto de Fuerza Mayor o Caso Fortuito
13.4 Obligaciones Previas de Pago no Condonadas
13.5 Prórroga de Límites de Tiempo
CLÁUSULA 14 IMPUESTOS Y RECLAMOS
14.1 Impuestos Aplicables
14.2 Reembolso de Diferencias
CLÁUSULA 15 RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS O DISPUTAS
15.1 Resolución de Disputas en Consultas y Negociaciones
15.2 Clasificación de Disputas
15.3 Resolución de las Disputas Técnicas
15.4 Resolución de Otras Disputas
15.5 Cumplimiento
CLÁUSULA 16 MEDIO AMBIENTE
16.1 Leyes Ambientales
16.2 Estudio Ambiental
16.3 Licencia Ambiental para las Obras de Ampliación de Sistema Interconectado Nacional
CLÁUSULA 17 AVISOS
17.1 Direcciones y Destinatarios
17.2 Cambios de Dirección
CLÁUSULA 18 PREVISIONES VARIAS
18.1 Modificación
18.2 Sucesores, Cesionarios y Designados
18.3 Disposiciones Supletorias
18.4 Encabezamientos
18.5 Terceras Partes
18.6 Irrenunciabilidad
18.7 Relación de las Partes
18.8 Subsistencia de Obligaciones
18.9 Divisibilidad
18.10 Mantenimiento de Registros
18.11 Confidencialidad
18.12 Triplicados
CLÁUSULA 19 CAMBIO REGULATOR!O
19.1 Cambios Regulatorios
CLÁUSULA 20 CESIÓN Y DERECHO A GRAVAR
20.1 Cesión por Parte del VENDEDOR
20.2 Cesión por Parte del COMPRADOR
20.3 Consentimiento para Cesión
20.4 Autorización escrita de Cesión
20.5 Efectos de la Cesión del Contrato
20.6 Derecho a Gravar
CLÁUSULA 21 VENTA A TERCEROS
CLÁUSULA 22 INTEGRIDAD
ANEXO I DESCRIPCIÓN DE LA PLANTA Y DEL SITIO
ANEXO II CONDICIONES DE INTERCONEXIÓN
ANEXO III CONTROL Y OPERACIÓN DE LA PLANTA Y LÍMITES TÉCNICOS
ANEXO IV CONDICIONES DE OPERACIÓN
ANEXO V MODELO DE GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
ANEXO VI COMITÉ OPERATIVO Y SUS FACULTADES
ANEXO VII REQUERIMIENTOS DEL SISTEMA DE MEDICIÓN COMERCIAL
ANEXO VIII ACUERDO DE APOYO
ANEXO IX MODELO DEL CERTIFICADO DE LA FECHA DE INICIO DE OPERACIÓN COMERCIAL
SECCIÓN 1: ACUERDO CONTRACTUAL CONTRATO DE SUMINISTRO DE POTENCIA Y ENERGÍA ELÉCTRICA ASOCIADA ENTRE LA EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA YGENERADORA LOS CERROS, S.A. DE C.V. Nosotros, la EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA, una Institución descentralizada del Estado de Honduras, creada mediante Decreto Ley No. 48 del 20 de Febrero de 1957 y representada en este acto por el señor EMIL MAHFUZ HAWIT MEDRANO, mayor de edad, soltero, Licenciado en Administración de Empresas, de nacionalidad hondureña y de este domicilio, con Tarjeta de Identidad No.1804-1958-01845, quien acredita su representación con la Certificación del Acuerdo No. 02-JD-EX-2012 emitido el Punto 03 del Acta No. JD-EX-02-2012 de la sesión extraordinaria celebrada por la Junta Directiva de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica el 27 de Febrero de 2012; con facultades suficientes para firmar este Contrato, según Resolución número 25-JD-1115-2014, emitida en el Punto
04, Inciso 4.1 Numeral 25, del Acta Número JD-1115-2014, de la Sesión Ordinaria celebrada por la Junta Directiva de la ENEE 26 de Junio de 2014, quién de aquí en adelante se denominará el COMPRADOR y Generadora Los Cerros,
5. A. de C.V., GENEC, una empresa constituida conforme a las leyes de la República de Honduras, inscrita bajo matrícula No. 2526299 e inscrito con el número 13891 del Registro Mercantil, Francisco Morazán, Tegucigalpa a los 11 días del mes Junio del año 2012, quien en adelante se denomina el VENDEDOR, representada en este acto por Néstor Enrique Paz Macías, mayor de edad, casado, Ingeniero Industrial, de nacionalidad hondureña, con documento de identificación 1001-1976-00196, con domicilio en colonia Trapiche, 2da. etapa, actuando en carácter de Gerente General, con poderes suficientes para la firma del presente contrato, de conformidad al poder general de administración otorgado a su nombre, contenido en el instrumento 221, inscrita bajo matrícula No. 2526299 e inscrito con el número 13891 del Registro Mercantil, Francisco Morazán, Tegucigalpa a...
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