Acuerdo Ejecutivo No. 093-2019

LA DIRECCIÓN DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA

CONSIDERANDO (1): Que conforme al Artículo 7 del Decreto Ejecutivo PCM-27-2014, de fecha 06 de junio de 2014, la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF), será coordinada por la Directora Ejecutiva.

CONSIDERANDO (2): Que entre las atribuciones de la DINAF está el de ejercer la Tutoría Legal a falta de las y los padres o representantes legales de las niñas y niños o por calificada amenaza a la vulneración de los derechos de los mismos; asimismo Tutelar el proceso legal de Adopciones de niñas y niños.

CONSIDERANDO (3): Que los Funcionarios Públicos tienen la facultad de delegar el ejercicio de sus funciones en el (la) Servidor(a) Público(a) que estimen pertinente, en quien, en ausencia de aquélla ejerza sus funciones por disposición de la Ley o de autoridad superior.

CONSIDERANDO (4): Que la delegación de funciones se ha concebido con el propósito de hacer ágil la toma de decisiones y favorecer la tramitación de las peticiones de los interesados.

CONSIDERANDO (5): Que el Artículo 4, párrafo segundo, de la Ley de Procedimiento Administrativo, establece que el superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la Administración de que forman parte el superior y el inferior.

POR TANTO:

En aplicación de los Artículos 116 y 122 de la Ley General de la Administración Pública; 4, 5, 30 y 27 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 1, 6, 7 y 17 del Decreto Ejecutivo PCM-27-2014 del 06 de junio de 2014, 1, numeral 1), del Acuerdo Ejecutivo No. 64-2014 emitido por esta Dirección el 24 de noviembre de 2014.

ACUERDA:

PRIMERO: Delegar en la ciudadana LESBY MARIA ALDANA FLORES, las funciones de la Jefatura de Consolidación Familiar como ser: Realizar los procesos de adopción en la etapa administrativa conforme a Ley; establecer las directrices técnicas sobre el funcionamiento del Programa; coordinar con la Autoridad Central los procesos de adopción, en lo que se refiere a sus atribuciones acordes al Convenio de la Haya de 1993 relativo a la protección del niño y a la cooperación en materia de adopción internacional; asegurar el cumplimiento de los plazos para informes: Gestión Institucional, compromisos internacionales (mensuales, trimestrales y anual), llevar a cabo el proceso de idoneidad para el ingreso al registro de...

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