Decreto Ejecutivo número 001-2019

EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 245 numerales 2) y 11) de la Constitución de la República, corresponde al Presidente de la República la administración general del Estado, teniendo entre otras atribuciones, dirigir la política general del Estado y emitir Acuerdos y Decretos.

CONSIDERANDO: Que el Artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública literalmente dice: “El Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada. El Presidente de la República en el ejercicio de sus funciones, podrá actuar por sí o en Consejo de Ministros”.

CONSIDERANDO: Que el Estado de Honduras, cuenta con una Ley sobre Actividades Nucleares y Seguridad Radiológica, creada en 2009 que establece el uso de las aplicaciones nucleares con fines pacíficos en el país y con un Marco Programático Nacional de largo plazo para establecer las prioridades de aplicaciones nucleares.

CONSIDERANDO: Que se...

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