Decreto Ejecutivo número PCM- 128-2020

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EN CONSEJO DE SECRETARIOS DE ESTADO,

CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 245 numerales 2 y 11 de la Constitución de la República, corresponde al Presidente de la República entre otras atribuciones, dirigir la política general del Estado y representarlo, emitir Acuerdos, Decretos y expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley.

CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 4 de la Ley General de la Administración Pública, reformado mediante el Decreto Legislativo No. 266-2013, la creación, modificación o suspensión de las Secretarías de Estado o de los Organismos o Entidades Desconcentradas, solamente puede ser hecha por el Presidente de la República en Consejo de Secretarios de Estado.

CONSIDERANDO: Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública, el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, quien en el ejercicio de sus funciones podrá actuar por sí o en Consejo de Ministros.

CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 14 numerales 1) y 4) de la Ley General de la Administración Pública, reformado mediante el Decreto Legislativo No. 266- 2013, el Presidente de la República por Decreto Ejecutivo en Consejo de Secretarios de Estado puede emitir dentro de la Administración Centralizada, las normas requeridas para: Determinar, la competencias de los Despachos por las Secretarías de Estado y crear dependencias internas que fueren necesarias para la buena administración, reorganizar aquellas dependencias que la eficiencia de la Administración Pública demande.

CONSIDERANDO: Que la Ley para el Establecimiento de una Visión de País y la Adopción de un Plan de Nación para Honduras, contenida en el Decreto Legislativo No. 286-2009, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”, en fecha 2 de febrero de 2010, específicamente en su Artículo 6 que aprueba la Visión de País al año 2038, establece como Objetivo 4: “Honduras como un Estado moderno, transparente, responsable, eficiente y competitivo”, por lo que resulta necesario crear una institucionalidad capaz de impulsar y coordinar una efectiva política integral de transparencia, probidad y prevención a la corrupción.

CONSIDERANDO: Que el Gobierno de Honduras firmó la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción, el 17 de mayo de 2004, la ratificó el 20 de abril de 2005 y depositó su instrumento de ratificación el 23 de mayo de 2005. Honduras se adhiere a la convención en el año 2004, la cual en su Artículo 6 párrafo 1, dispone que cada Estado Parte de conformidad con los principios fundamentales de su ordenamiento jurídico garantizará la existencia de un órgano u órganos según proceda, encargados de prevenir la corrupción con medidas tales como: a) La aplicación de las políticas a que se hace alusión en el Artículo 5 de la Convención y cuando proceda, la supervisión y coordinación de la puesta en práctica de esas políticas; y, b) El aumento y la difusión de los conocimientos en materia de prevención de la corrupción. Reafirmando así, el compromiso del Gobierno de Honduras, con el debido cumplimiento de los Tratados en materia de prevención de la corrupción, como la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (CNUCC) y la Convención Interamericana contra la Corrupción (CICC).

CONSIDERANDO: Que el Gobierno de Honduras, en atención al Compromiso de Lima “Gobernabilidad Democrática frente a la Corrupción”, como Estado Parte comprometido a fortalecer las instituciones democráticas para la prevención y combate de la corrupción en el hemisferio, otorgando a las autoridades competentes las garantías necesarias para el buen desempeño de sus funciones. En ese sentido, se ha adoptado por los Estados Parte a través del Poder Ejecutivo, el Mecanismo de Seguimiento e Implementación del Compromiso de Lima, fortaleciendo la prevención, transparencia y combate a la corrupción, siendo actualmente la Secretaría de Coordinación General de Gobierno, a través de su...

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