Decreto Ejecutivo número PCM-080-2021

DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-080-2021

EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA EN CONSEJO DE SECRETARIOS DE ESTADO;

CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículos 245 numerales 2, 11 y 19 de la Constitución de la República, le corresponde al Presidente de la República la Administración General del Estado, siendo entre otras sus atribuciones: Dirigir la política general del Estado y representarlo, emitir Acuerdos y Decretos, expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley; Administrar la Hacienda Pública.

CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo que establece el Artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública, el Presidente de la República, tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada. El Presidente de la República en el ejercicio de sus funciones, podrá actuar por sí o en Consejo de Ministros.

CONSIDERANDO: Que es deber ineludible del Estado promover el desarrollo e ingreso de la inversión privada, tanto nacional como extranjera como mecanismos para generar crecimiento económico y fuentes de empleo para los hondureños.

CONSIDERANDO: Que el Estado de Honduras garantiza la seguridad, regularidad y eficiencia dentro de la actividad de la aviación civil desarrollada en el país, conforme al Decreto Ejecutivo PCM 016-2016.

CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 14 numeral 5) de la Ley General de la Administración Pública, reformado mediante Decreto Legislativo No. 266-2013, el Presidente de la República, por Decreto en Consejo de Secretarios de Estado, puede emitir dentro de la Administración Centralizada las normas requeridas para traspasar funciones, actividades y servicios a las municipalidades o a los organismos de derecho privado auxiliares de la Administración Pública.

CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-084-2020 publicado en Diario Oficial “La Gaceta”, edición No. 35,357 en fecha 29 de agosto del 2020, se autorizó al Poder Ejecutivo para que instruya a la Procuraduría General de la República a efecto de constituir legalmente una sociedad mercantil anónima unipersonal, con exclusión de toda participación de capitales privados, con la finalidad de coadyuvar con el Estado en la administración y operación de los Aeropuertos Internacionales “GOLOSÓN” (LA CEIBA), “JUAN MANUEL GALVEZ” (ROATÁN) y “RAMÓN VILLEDA MORALES” (SAN PEDRO SULA)”.

CONSIDERANDO: Que la Sociedad EMPRESA HONDUREÑA DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS, S.A. (EHISA) se encuentra legalmente constituida en Escritura Pública autorizada en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, el día 4 de septiembre del año 2020 e inscrita bajo Matrícula Número 2581862, Inscripción en el Libro de Registro 61304 del Registro Mercantil de Francisco Morazán y que la misma en aplicación del numeral 5) del Artículo 14 reformado de la Ley General de la Administración Pública, coadyuva con el Estado de Honduras, como organismo de derecho/ privado auxiliar de la Administración Pública, con la gestión, operación y mantenimiento de los...

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