Decreto Ejecutivo número PCM-026-2019

EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA EN CONSEJO DE SECRETARIOS DE ESTADO,

CONSIDERANDO: Que de conformidad al Artículo 245 de la Constitución de la República, el Presidente de la República tiene a su cargo la Administración General del Estado, siendo entre otras, una de sus atribuciones emitir acuerdos y decretos y expedir reglamentos y resoluciones conforme a la ley.

CONSIDERANDO: Que con fundamento a lo establecido en los Artículos 11 y 17 de la Ley General de la Administración Pública, el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, quien en el ejercicio de sus funciones, podrá actuar por sí o en Consejo de Ministros de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República y las leyes.

CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-062-2013 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” No. 33,313 en fecha veintiséis (26) de diciembre del año dos mil trece (2013) y Decreto Legislativo No. 307- 2013, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” No.33,424 en fecha 12 de mayo del 201, se aprobó el CONTRATO DE FIDEICOMISO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL PROYECTO “CENTRO CIVICO GUBERNAMENTAL”, suscrito entre la Comisión para la Promoción de la Alianza Público Privada (COALIANZA) y el Banco LAFISE (HONDURAS), S.A.

CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-001-2015, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” No. 33,625 en fecha (07) de enero de (2015), se declara de interés nacional y prioritario el proyecto de inversión denominado “Centro Cívico Gubernamental”, en aplicación a los Artículos 32, 40 y 49 de la Ley de Promoción de la Alianza Público-Privada.

CONSIDERANDO: Que en fecha 01 de febrero del 2016 se adjudicó el contrato de Alianza Público Privada para la prestación de los Servicios y el Diseño, Financiamiento, Demolición, Construcción, Equipamiento, Operación, Explotación y Mantenimiento de las Instalaciones del Centro Cívico Gubernamental, al Inversionista Operador...

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