Decreto Ejecutivo número PCM-052-2019

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EN CONSEJO DE SECRETARIOS DE ESTADO,

CONSIDERANDO: Que el Artículo 245 numerales 11,19 y 32 de la Constitución de la República establece dentro de las atribuciones del Presidente de la República, la Administración General del Estado, emitir Acuerdos y Decretos, así como expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a Ley, asimismo le corresponde la Administración de la Hacienda Pública, al igual que dictar todas las medidas y disposiciones que estén a su alcance para promover la rápida ejecución de la Reforma Agraria y el desarrollo de la producción y productividad en el agro.

CONSIDERANDO: Que el Artículo 247 del referido Instrumento Primigenio indica que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la Administración Pública Nacional en el área de su competencia.

CONSIDERANDO: Que el Artículo 252 de la Carta Magna señala que el Presidente de la República convoca y preside el Consejo de Ministros, reuniendo a todos sus miembros por iniciativa de éste, para tomar Resolución en todos los asuntos que juzgue de importancia nacional y para conocer de los casos que señala la Ley.

CONSIDERANDO: Que el Artículo 274, segundo párrafo de la misma Carta Magna establece que: “... las Fuerzas Armadas cooperarán con las Secretarías de Estado y demás instituciones a pedimento de éstas, en labores de alfabetización, educación, agricultura, protección del ambiente, vialidad, comunicaciones, sanidad y reforma agraria..

CONSIDERANDO: Que el Artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública, determina que el Presidente de la República, tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública...

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