Decreto No. 26-2024

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A.
E
MPRESA NACIONAL DE ARTES G
RÁFICAS
E.N.A.G.
Sección A
AÑO CXLVI TEGUCIGALPA, M. D. C., HONDURAS, C. A. JUEVES 14 DE MARZO DEL 2024. NUM. 36,485
SUMARIO
Sección A
Decretos y Acuerdos
PODER LEGISLATIVO
Decreto No. 26-2024
A. 1 - 16
Sección B
Avisos Legales B. 1 - 16
Desprendible para su comodidad
Poder Legislativo
DECRETO No. 26-2024
EL CONGRESO NACIONAL,
CONSIDERANDO: Que la Presidenta de la República es
la titular del Poder Ejecutivo y por ende, tiene a su cargo
la suprema dirección y coordinación de la Administración
Pública Centralizada y Descentralizada y en el ejercicio de
sus funciones, podrá actuar por sí o en Consejo de Ministros.
A ese efecto, el Artículo 116 de la Ley General de la
Administración Pública, establece que los actos de los órganos
de la Administración Pública adoptarán la forma de Decretos,
Acuerdos, Resoluciones o Providencias.
CONSIDERANDO: Que el Gobierno de la República ha
asumido el rme compromiso de reducir la pobreza y proteger
a la población más vulnerable, fomentando un crecimiento
económico inclusivo, abordando frontalmente la lucha contra
la corrupción y sus causas, fortaleciendo la gobernanza y
transparencia y mejorando la gestión nanciera desde una
visión de lo público ante el evidente fracaso del proceso cruel
de las privatizaciones que nos han empobrecido aún más, por
lo que se hace necesaria la incorporación a nuevas iniciativas
de apoyo, nanciamiento e integración de nuestros pueblos
y regiones.
CONSIDERANDO: Que de acuerdo con informes de
organismos nacionales e internacionales, Honduras ha sido
identicado en múltiples ocasiones como uno de los países
con altos índices de corrupción a nivel regional y mundial,
lo que implica la urgente necesidad de implementar medidas
efectivas y sistemáticas para prevenir y combatir este agelo.
La corrupción es un fenómeno que socava la democracia, el
Estado de Derecho, la justicia social y la economía, generando
desconfianza ciudadana en las instituciones y afectando
negativamente el desarrollo sostenible y equitativo de la
sociedad hondureña.
CONSIDERANDO: Que el Contrato de Préstamo No.HO-C3,
suscrito el 11 de enero de 2024, entre la Agencia de Cooperación
Internacional de Japón (JICA) y el Gobierno de la República
de Honduras, hasta por un monto de Trece Mil Trescientos
Noventa Millones de Yenes Japoneses (¥13,390,000,000),
recursos destinados a nanciar la ejecución del Préstamo del
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La Gaceta
A.
Sección A Acuerdos y Leyes
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 14 DE MARZO DEL 2024 No. 36,485
DIARIO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS
DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA
PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES
EDIS ANTONIO MONCADA
Gerente General
SULY YADIRA ANDRADE GUTIERREZ
Coordinadora y Supervisora
EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS
E.N.A.G.
Colonia MirafIores
Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821
Administración: 2230-3026
CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
La Gaceta
Programa para Mejorar la Transparencia y la Integridad para
el Desarrollo Sostenible, tiene como objetivo aumentar la
transparencia y fortalecer la credibilidad del gobierno a través
de una gobernanza que promueva la estabilización del país y
contribuya a su desarrollo económico.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo
205, Atribución 19) y 36) de la Constitución de la República
es potestad del Congreso Nacional: Aprobar o improbar los
contratos que llevan involucrados exenciones, incentivos y
concesiones scales celebrados por el Poder Ejecutivo; así
como empréstitos.
CONSIDERANDO: Que de conformidad al Artículo 205,
Atribución 1) de la Constitución de la República es potestad
del Congreso Nacional: Crear, decretar, interpretar, reformar
y derogar las leyes.
POR TANTO,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Aprobar en todas y cada una de
las partes el CONTRATO DE
PRÉSTAMO No.HO-C3, suscrito
el 11 de enero de 2024, entre la
AGENCIA DE COOPERACIÓN
INTERNACIONAL DE JAPÓN
(JICA) y EL GOBIERNO DE LA
REPÚBLICA DE HONDURAS,
hasta por un monto de TRECE
MIL TRESCIENTOS NOVENTA
MILLONES DE YENES JAPONESES
(¥13,390,000,000) recursos destinados
a nanciar la ejecución del Préstamo
del “PROGRAMA PARA
MEJORAR LA TRANSPARENCIA
Y LA INTEGRIDAD PARA EL
DESARROLLO SOSTENIBLE”,
mismo que literalmente que dice:
“SECRETARÍA DE ESTADO EN EL
DESPACHO DE FINANZAS. Contrato
de Préstamo No. HO-C3. CONTRATO
DE PRÉSTAMO para Préstamo del
Programa para Mejorar la Transparencia
y la Integridad para el Desarrollo
Sostenible Entre LA AGENCIA DE
COOPERACIÓN INTERNACIONAL
DE JAPÓN Y EL GOBIERNO DE LA
REPÚBLICA DE HONDURAS, Fecha
11 de enero de 2024.

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