Decretos Nos. 11-2024

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A.
E
MPRESA NACIONAL DE ARTES G
RÁFICAS
E.N.A.G.
Sección A
AÑO CXLVI TEGUCIGALPA, M. D. C., HONDURAS, C. A. MIÉRCOLES 28 DE FEBRERO DEL 2024. NUM. 36,472
SUMARIO
Sección A
Decretos y Acuerdos
PODER LEGISLATIVO
Decretos Nos. 11-2024
PODER EJECUTIVO
Decretos Ejecutivos Números PCM 07-
2024, PCM 08-2024
A. 1 - 88
A. 88-100
Sección B
Avisos Legales B. 1 - 32
Desprendible para su comodidad
Poder Legislativo
DECRETO No.11-2024
EL CONGRESO NACIONAL,
CONSIDERANDO: Que la prevención contra el crimen
heredada del Gobierno anterior representa un alto costo,
que ha hundido al país en una violencia generalizada, con
niveles de impunidad estructural sin precedentes, donde más
de sesenta y tres mil personas han sido asesinadas y más de
mil masacres han ocurrido desde julio de 2009 hasta junio de
2020. La gran mayoría de estos crímenes han quedado en la
impunidad absoluta, ni siquiera está documentada. Honduras
es el país con mayor nivel de impunidad en Latinoamérica y
el segundo país con mayor impunidad del mundo.
CONSIDERANDO: Que para responder a la situación
de inseguridad, debe mejorarse la cobertura y calidad de
servicios de Seguridad Ciudadana, en particular policial. Los
desafíos de la Policía Nacional de Honduras para brindar
seguridad a la movilidad de personas y bienes y para prevenir
el crimen en departamentos estratégicos, son: (I) Insuciente
capital humano policial para realizar efectivamente acciones
territoriales de prevención de violencias y delitos; (II)
Insuciente capacidad técnica e infraestructura moderna para
mejorar la cobertura y prestación de servicios de Seguridad
Ciudadana; y, (III) Limitada capacidad de respuesta en
Investigación Criminal por el décit de tecnologías y acceso
a servicios digitales.
CONSIDERANDO: Que el Poder Ejecutivo autorizó a la
Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN)
la suscripción con el Banco Interamericano de Desarrollo
(BID), del Contrato de Préstamo No.5831/BL-HO, aprobado
en fecha 15 de diciembre de 2023, por un monto de Cincuenta
Millones de Dólares Americanos (US$50,000,000.00),
(1,238.1 Millones de Lempiras) para desarrollar el Programa
de Modernización Integral y Profesionalización de los
Servicios de la Policía Nacional de Honduras, a través del
cual se espera: fortalecer a la Policía Nacional de Honduras
para poder contribuir a la reducción de las tasas delictivas en
el país; y, mejorar el sistema de gestión estratégica del recurso
humano Policial, con énfasis en la modernización del sistema
educativo en la escala de ociales.
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La Gaceta
A.
Sección A Acuerdos y Leyes
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 28 DE FEBRERO DEL 2024 No. 36,472
DIARIO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS
DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA
PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES
EDIS ANTONIO MONCADA
Gerente General
SULY YADIRA ANDRADE GUTIERREZ
Coordinadora y Supervisora
EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS
E.N.A.G.
Colonia MirafIores
Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821
Administración: 2230-3026
CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
La Gaceta
CONSIDERANDO: Que la Ley de Contratación del Estado
en su Artículo 13 establece que los contratos que contemplen
exoneraciones, incentivos o concesiones scales, requerirán
aprobación del Congreso Nacional, este requisito deberá
cumplirse especialmente, cuando se trate de contratos que
hayan de producir o prolongar sus efectos al siguiente período
de Gobierno.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo
205, Atribución 19) de la Constitución de la República, es
potestad del Congreso Nacional: Aprobar o improbar los
contratos que lleven involucrados exenciones, incentivos
y concesiones scales, o cualquier otro contrato que haya
de producir o prolongar sus efectos el siguiente período de
Gobierno de la República.
CONSIDERANDO: Que de conformidad al Artículo 205,
Atribución 1) de la Constitución de la República, es potestad
del Congreso Nacional: Crear, decretar, interpretar, reformar
y derogar las leyes.
POR TANTO,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1-. Aprobar en todas y cada una de las partes
el CONTRATO DE PRESTAMO
No. 5831/BL-HO, ENTRE EL
BANCO INTERAMERICANO
DE DESARROLLO (BID), EN SU
CONDICIÓN DE PRESTAMISTA
Y EL GOBIERNO DE LA
REPÚBLICA DE HONDURAS, EN
SU CONDICIÓN DE PRESTATARIO
DEL FINANCIAMIENTO, DE
HASTA CINCUENTA MILLONES
DE DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA (US$
50,000,000.00), PARA LA
EJECUCIÓN DEL “PROGRAMA
DE MODERNACIÓN INTEGRAL
Y PROFESIONALIZACIÓN DE
LOS SERVICIOS DE LA POLICÍA
NACIONAL DE HONDURAS”,
suscrito el 15 de diciembre de 2023,
mismo que literalmente dice:
“SECRETARÍA DE ESTADO EN EL
DESPACHO DE FINANZAS.
CONTRATO DE PRÉSTAMO No.
5831/BL-HO. entre la REPÚBLICA DE
HONDURAS y el BANCO INTERA-
MERICANO DE DESARROLLO.
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La Gaceta
A.
Sección A Acuerdos y Leyes
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 28 DE FEBRERO DEL 2024 No. 36,472
Programa de Modernización Integral y
Profesionalización de los Servicios de la
Policía Nacional de Honduras. 15 de
diciembre de 2023. CONTRATO DE
PRÉSTAMO. ESTIPULACIONES
ESPECIALES. Este contrato de
préstamo, en adelante el “Contrato”, se
celebra entre la REPÚBLICA DE
HONDURAS, en adelante el
“Prestatario” y el BANCO
INTERAMERICANO DE
DESARROLLO, en adelante
individualmente el “Banco” y,
conjuntamente con el Prestatario, las
“Partes”, el 15 de diciembre de 2023.
CAPÍTULO I. Objeto y Elementos
Integrantes del Contrato y Deniciones
particulares CLÁUSULA 1.01. Objeto
del Contrato. El objeto de este Contrato
es acordar los términos y condiciones en
que el Banco otorga un préstamo al
Prestatario para contribuir a la
nanciación y ejecución del Programa
de Modernización Integral y
Profesionalización de los Servicios de la
Policía Nacional de Honduras, cuyos
aspectos principales se acuerdan en el
Anexo Único. CLÁUSULA 1.02.
Elementos integrantes del Contrato.
Este Contrato está integrado por estas
Estipulaciones Especiales, por las
Normas Generales y por el Anexo Único.
CLÁUSULA 1.03. Definiciones
particulares. En adición a los términos
definidos en las Normas Generales,
cuando los siguientes términos se
utilicen con mayúscula en este Contrato,
éstos tendrán el signicado que se les
asigna a continuación. Cualquier
referencia al singular incluye el plural y
viceversa. (a) “Plan de Acción Ambiental
y Social” o “PAAS”: signica el plan de
acción ambiental y social del Programa,
acordado con fecha 19 de octubre de
2023, el cual establece las acciones
necesarias, dentro de plazos
determinados, para que el Programa
cumpla con las Normas de Desempeño
Ambientales y Sociales. (b) “Normas de
Desempeño Ambientales y Sociales” o
“ESPSs”: se reeren a las 10 Normas de
Desempeño que forman parte del Marco
de Políticas Ambientales y Sociales (GN-
2965-23). (c) “Código de Conducta”:
Declaración formal de principios que
establecen las normas de comportamiento
de los trabajadores en relación con las
medidas de prevención y gestión de los
riesgos ambientales, laborales y sociales
del Programa, incluyendo los riesgos de
salud y seguridad ocupacional, violencia
sexual y de género, discriminación, y
abuso y explotación sexual infantil y de
otras personas o grupos vulnerables, en
cuanto ello resulte aplicable a las obras,
servicios diferentes de consultoría,
consultorías, y bienes. (d) “Instalaciones
conexas”: obras o infraestructuras

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